Modificación salarial variable por bono extemporáneo

Deben considerarse todos los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores

Contractualmente, en marzo de cada año estamos obligados a pagarles un bono a los empleados que logren sus objetivos; pero en este periodo, por falta de liquidez en la empresa, se les entregará el 30 de junio de forma extemporánea. De ahí que deseamos saber si esto afectará al salario base de cotización –SBC– del segundo bimestre (marzo-abril) o del tercero (mayo-junio). Nos pueden ayudar al respecto

Para calcular la parte variable deben considerarse todos los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y dividirlos entre el número de días de salario devengado en ese periodo (art. 30, fracc. I, LSS).

De esto se entiende, que si ustedes entregaran el bono en junio, este debe considerarse como un ingreso en el tercer bimestre, y por lo tanto su deber patronal es comunicar las modificación salarial, dentro de los primeros cinco días hábiles de julio (arts. 15, fracc. I y 34, fracc. II, LSS).