¿Personal de la tercera edad tiene derecho a créditos Infonavit?

Donde la ley no distingue, el interprete no tiene porqué hacerlo, este principio general aplica en materia de Infonavit

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 .  (Foto: iStock)

Al cuestionamiento frecuente que reciben los patrones por parte de sus trabajadores que están a punto de pensionarse por cesantía en edad avanzada o vejez sobre si pueden acceder al otorgamiento de un crédito de vivienda por parte del Infonavit, se precisa lo siguiente.

Legalmente no existe ninguna limitante para que estos colaboradores se vean beneficiados con la concesión de un crédito de vivinda por parte del Infonavit, siempre y cuando reúnan la puntuación requerida para la calificación correspondiente.

De hecho la Segunda y Décima Quinta Regla para el Otorgamiento a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit prevén la obligación de continuar cubriendo los créditos habitacionales mediante el Régimen Especial de Amortizaciones (REA), en aquellos casos en que los asegurados hubiesen obtenido su pensión por cualquier causa.

De lo anterior, se infiere que cualquier trabajador puede ser sujeto de otorgamiento de crédito, sin importar su edad.