De conformidad con los numerales 12 fracción I, 15 fracción I y 27 de la LSS, el patrón debe asegurar al Régimen Obligatorio del Seguro Social a las personas que les presten un servicio personal y subordinado, con el salario base de cotización —SBC— real; el cual se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad que se les brinde por sus labores.
Como el Seguro Social está facultado para asegurarse de que los patrones enteren adecuadamente las cuotas obrero-patronales respectivas, es indispensable que el patrón revise la correcta integración del SBC de sus colaboradores, principalmente de aquellos que laboran en jornadas reducidas.
De ahí que a continuación, se den a conocer los pormenores del SBC en jornada reducida.
Los dispositivos 60 y 61 de la LFT precisan que existen tres clases de jornadas de trabajo, a saber:
- diurna, es de ocho horas y se sitúa entre las seis y las 20 horas, lo que arroja 48 horas laboradas a la semana
- nocturna, abarca siete horas de trabajo y se realiza entre las 20 y seis horas del día siguiente; a la semana da como resultado 42 horas, y
- mixta, alcanza siete horas y media, comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre y cuando no rebase de tres horas y media de esta última; en caso contrario, se reputa como nocturna con las consecuencias inherentes. El total de horas semanal es de 45
A) Salario diario
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Fórmula
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Sustitución
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Horas laboradas por día
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4
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Por:
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Salario por hora trabajada
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32
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Igual:
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Salario diario
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$ 128.00
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1. Aguinaldo
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Fórmula
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Sustitución
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Días de aguinaldo
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20
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Entre:
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Días del año
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365
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Igual:
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Proporción diaria de aguinaldo
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0.0548
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Fórmula
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Sustitución
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Días de vacaciones
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8
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Por:
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Porcentaje de prima vacacional
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30 %
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Igual:
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Proporción anual de prima vacacional
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2.4
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Fórmula
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Sustitución
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Entre:
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Días del año
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365
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Igual:
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Proporción diaria de prima vacacional
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0.0066
|
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Fórmula
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Sustitución
|
|
Proporción diaria de aguinaldo
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0.0548
|
Más:
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Proporción diaria de prima vacacional
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0.0066
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Igual:
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Factor de integración
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0.0614
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Por:
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Salario diario a percibir
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$ 128.00
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Igual:
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Monto de la proporción diaria de prestaciones
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$ 7.86
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Fórmula
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Sustitución
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Séptimo día
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1
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Entre:
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Días laborados en la semana
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6
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Igual:
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Proporción del séptimo día a pagar
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0.1667
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Por:
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Salario diario
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$ 128.00
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Igual:
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Monto del séptimo día proporcional
|
$ 21.34
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Fórmula
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Sustitución
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Suma de los salarios percibidos por día
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$ 128.00
|
Más:
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Monto de la proporción diaria de prestaciones
|
7.86
|
Más:
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Monto del séptimo día proporcional
|
21.34
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Igual:
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Importe total de las percepciones por día
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$ 157.20
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Por:
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Días trabajados en la semana
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6
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Igual:
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Monto total de percepciones semanales
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$ 943.20
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Entre:
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Total de días a la semana
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7
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Igual:
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SBC a reportar por jornada reducida
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$ 134.74
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