¿CFDI requisito para acceder a una pensión por vejez?

Cualquier mensualidad prescribirá en favor del IMSS en un año calendario

Un extrabajador que está gestionando su pensión por vejez, nos indica que el IMSS le solicita sus CFDI de nómina de sus últimas tres quincenas, para iniciar su trámite. Es la primera vez que nos señalan algo de esta naturaleza, por lo que deseamos saber si esto es correcto o no

No. Los requisitos para acceder a la pensión en comento, son: estar dado de baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social; haber cumplido 65 años de edad, y tener un mínimo de 500 semanas si la pensión es al amparo de la LSS del 73 o 750 semanas cotizadas si es otorgada por la LSS vigente (arts. 138, LSS 73; 162, LSS 97 y cuarto transitorio, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro —DOF 16 de diciembre de 2020—).

De lo anterior se advierte que en ningún momento dentro de los requisitos para tener derecho a la pensión por vejez se solicite la exhibición de los comprobantes de nómina.
En caso de que el IMSS niegue el otorgamiento de la prerrogativa por este motivo, el afectado podrá interponer cualquiera de los siguientes medios de defensa:

  • recurso de inconformidad ante el Consejo Consultivo Delegacional correspondiente a su domicilio, dentro de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la negativa de la pensión (arts. 294, LSS; 2o. y 6o., Reglamento del Recurso de Inconformidad), o
  • juicio laboral (conflicto individual de seguridad social) ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Tribunal Laboral, según corresponda. No existe un término legal específico para interponerlo, porque es imprescriptible reclamar la prerrogativa (arts. 295 y 301, LSS; y 899-A, LFT)

Sin embargo, el dispositivo 302 de la LSS prevé que cualquier mensualidad prescribirá en favor del IMSS en un año calendario.