¿Informativas ICSOE exentan uso de SIROC?

Al dedicarse a la realización de construcciones; modificaciones, ampliaciones o remodelaciones deben registrar las obras ante el IMSS

Somos una constructora y algunos de nuestros clientes, nos exigieron que les proporcionemos el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE), a pesar de no estar obligados a ello.

Además, suponemos que con el llenado de datos en la plataforma Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE), ya no tenemos ninguna carga ante el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC). Esto es correcto

No. De acuerdo con el artículo 15-A, tercer párrafo de la LSS, quienes presten servicios de subcontratación especializada u obras especializadas deben proporcionar (a través del ICSOE) cuatrimestralmente a más tardar el 17 de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:

  • de las partes del contrato: nombre, denominación o razón social; RFC; domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal; correo electrónico y teléfono de contacto
  • de cada contrato: objeto; periodo de vigencia; relación de trabajadores u otros sujetos que prestarán los servicios especializados o ejecutarán las obras especializadas a favor del beneficiario, indicando su nombre, CURP, número de seguridad social y salario base de cotización, así como el nombre y RFC del beneficiario de los servicios por cada uno de los contratos, y
  • copia simple del registro emitido por la STPS por la prestación de servicios o la ejecución de obras especializados

Por otro lado, al dedicarse a la realización de construcciones; modificaciones, ampliaciones o remodelaciones de cualquier edificación, deben registrar las obras ante el IMSS (tipo, ubicación, fases, trabajos a realizar) a través del SIROC, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de inicio de las labores (arts. 15, penúltimo párrafo, LSS; 4o., 5o. último párrafo, y 12, Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado —ROTC—).

Conozca los datos a reportar en el SIROC por registro en el REPSE

Como se observa, son deberes con finalidades distintas, porque el ICSOE sirve para reportar al Seguro Social la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios o de ejecución de obras especializadas; mientras que el SIROC es un aplicativo que permite a los patrones dedicados a la actividad de la construcción cumplir digitalmente con las obligaciones de dar los avisos inherentes a una construcción.

Finalmente, serán susceptibles a la imposición de las siguientes multas:

  • de 20 a 350 veces la UMA; esto es, de $1,924.40 a $33,677.00, por omitir notificar, hacerlo extemporáneamente, con datos falsos o incompletos al IMSS, cada una de las obras o fase de obra que efectúen (arts. 304-A, fracc. XXI y 304-B, fracc. IV, LSS y 12, ROTC), y
  • de 500 a 2,000 veces la UMA; es decir, de $48,110.00 a $192,440.00, por no presentar las informativas cuatrimestrales ante el Seguro Social (arts. 304-A, fracc. XXII y 304-B, fracc. V, LSS)