Infonavit enmienda otra vez su estatuto orgánico

Nuevamente el Instituto revisa y ajusta las responsabilidades y funciones de los titulares de sus áreas

El Infonavit dio a conocer en el DOF del 25 de mayo de 2022 el acuerdo por el que se aprueban las modificaciones a su estatuto orgánico, el cual entró en vigor en ese mismo día.

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Se reforman los numerales 4, 12, 13, 17, 20, 24, 32, 34, 36, 38, 53, 54, 67 y 71 de dicho ordenamiento. A continuación, se detallan los cambios más relevantes.

La Subdirección General de Gestión de Cartera tiene las siguientes facultades, respecto a la administración de activos recuperados de créditos otorgados conforme a la Ley del Infonavit:

  • establecer mecanismos para promover la venta de activos recuperados, siempre y cuando estas impliquen una reparación que considere la situación real de los inmuebles
  • incorporar a las soluciones inmobiliarias aquellas estrategias de rehabilitación orientadas a preservar o mejorar el entorno urbano
  • someter a la autorización del Consejo de Administración, a través del Comité de Riesgos, las propuestas de:
    • soluciones de cobranza e inmobiliarias que impliquen una recuperación inferior al valor de avalúo, y
    • comodato o donaciones a favor de entidades gubernamentales, instituciones de asistencia pública o asociaciones civiles, siempre y cuando se sujeten a la condición de que dichos inmuebles serán utilizados, exclusivamente, para fines sociales que favorezcan a la comunidad en la que se ubican o sirvan para brindar seguridad, rehabilitar o mejorar el entorno socioespacial
  • proponer y llevar a cabo iniciativas que incidan en la mejora de las condiciones y calidad de la morada y su entorno urbano
  • diseñar, ejecutar y supervisar proyectos de mejora y aprovechamiento de espacios públicos, unidades habitacionales y desarrollo urbano, y
  • fundar y a través de terceros, efectuar las acciones de rehabilitación y reconstrucción de la vivienda recuperada para que se cumpla con los criterios nacionales de vivienda adecuada, de conformidad con lo aprobado por el Consejo de Administración.

Asimismo, dicha Subdirección por lo que respecta a las acciones de rehabilitación de vivienda, regeneración urbana y atención de desastres naturales puede:

  • ejecutar, administrar y evaluar, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan, el proceso de rehabilitación y mejoramiento de unidades habitacionales, y
  • fomentar, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan, el mantenimiento de las viviendas y de la imagen urbana de unidades habitacionales