Se recorre plazo para pagar cuotas IMSS

En estricto sentido, las cuotas obrero-patronales causadas en noviembre deben enterarse al IMSS el 17 de diciembre

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 .  (Foto: IDC online)

Según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) las cuotas obrero-patronales se causan por mensualidades vencidas, por tal razón el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o empleando el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), además de realizar el pago respectivo a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, o en caso de no efectuar su entero presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) las cédulas de determinación de cuotas del mes del que se trate.

Así, en estricto sentido, las cuotas obrero-patronales causadas en noviembre deben enterarse al IMSS el próximo 17 de diciembre; no obstante, de acuerdo con el último párrafo del artículo 3o del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) cuando el último día del plazo de pago sea inhábil o viernes, se prorrogará el pago hasta el día hábil siguiente, por ende los patrones podrán enterar el importe de las cuotas de noviembre a más tardar el 20 de diciembre.