Vales por desempeño ¿integran al SBC?

De conformidad con el numeral 27 primer párrafo de la LSS toda prestación que reciba el trabajador por su servicio personal subordinado integra a su SBC

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 .  (Foto: IDC online)

A finales de mayo pasado se acordó proporcionarles a los trabajadores que cumplieron con sus objetivos durante el primer trimestre un bono único pagadero en vales de despensa. ¿Debemos integrar dicho bono al salario base de cotización (SBC) a reportar en julio próximo ante el Instituto?

De conformidad con el numeral 27 primer párrafo de la LSS toda prestación que reciba el trabajador por su servicio personal subordinado integra a su SBC, excepto los conceptos señalados en las fracciones contenidas en ese mismo artículo, entre las cuales se encuentra la despensa.

La fracción VI del artículo invocado prevé que no forma parte del SBC, la despensa otorgada a los trabajadores hasta por el monto del 40% del salario mínimo general vigente en el DF, siempre y cuando dicho beneficio se otorgue como previsión social; es decir, por la simple existencia de la relación laboral, lo cual no ocurre en el supuesto de su consulta, ya que ustedes condicionaron la entrega del bono con el desempeño de sus colaboradores, por tanto le están dando una naturaleza retributiva, en consecuencia integra en su totalidad a la base de cotización.

Así las cosas, a este concepto se le adicionarán los demás ingresos variables percibidos por los trabajadores durante el tercer bimestre del año (mayo-junio), para posteriormente dividir esa sumatoria entre los días que hubiesen laborado aquéllos en dicho período, obteniéndose de esta forma el promedio de variables; cantidad a la cual se le debe sumar el SBC fijo vigente en el momento de la modificación (art. 30, fracción III LSS).