¡IMSS debe recibir escritos patronales!

Cuando algún empleado del Instituto se niegue a resolverle alguna problemática o bien a responderle un cuestionamiento, elabore un escrito

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 .  (Foto: IDC online)

El Seguro Social, al igual que otros organismos públicos, define los trámites administrativos a seguir para cumplir con sus fines, así como para que los patrones y trabajadores observen sus obligaciones y gocen de las prestaciones a las que tienen derecho, respectivamente.

No obstante, en el desahogo de estos trámites es común que les surjan ciertas inquietudes a los patrones o derechohabientes y en ocasiones se encuentran con la negativa del personal institucional a darles una solución o al menos una respuesta a su cuestionamiento.

Como este escenario ocurre en casi todas las Subdelegaciones del IMSS, a continuación se hacen los siguientes comentarios.

El IMSS es por un lado el organismo mediante el cual el Estado proporciona seguridad social a cierta parte de la población, es decir se garantiza el derecho a la salud, asistencia médica, protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de pensiones, y por otro es un organismo fiscal autónomo.

Los trabajadores del Seguro Social tienen el carácter de servidores públicos en términos de los artículos 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por ende están obligados a respetar el derecho de petición consagrado en el artículo 8o del la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde la única condición es que la petición se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa.

Además, el mismo precepto obliga a la autoridad a emitir un acuerdo por escrito el cual deberá hacer del conocimiento del peticionario en breve término.

En este contexto, cuando algún empleado del Instituto se niegue a resolverle alguna problemática o bien a responderle un cuestionamiento, elabore un escrito en donde respetuosamente solicite la contestación a su duda y si se niegan a aceptárselo en el área a la que va dirigido, ingréselo a través de la Oficialía de Partes, recordándoles a los empleados institucionales que está ejerciendo su derecho de petición consagrado en la Carta Magna y, por ende están obligados a recibir cualquier escrito que se les presente y a dar respuesta al mismo.

Cabe señalar que en el XVII Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social celebrado el pasado 1o y 2o de junio en el Colegio de Contadores Públicos de México, la titular de la Coordinación de Corrección y Dictamen del IMSS, contadora pública Francisca Gabriela Calles Villegas, comentó que el personal de dicho Instituto está obligado a admitir todo escrito presentado por los patrones y derechohabientes y que a cada petición debe darse una respuesta por escrito. Esto con el afán de subrayar la manera en la que deben conducirse los trabajadores IMSS.