Afore ¿ayudarán a pensionados IMSS?

Entérese del nuevo servicio que prestarán estas entidades a fin de agilizar el otorgamiento de las pensiones por Cesantía y Vejez

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 .  (Foto: IDC online)

El trámite de las pensiones otorgadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puede convertirse en un tortuoso camino para la derechohabiencia; según cifras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), de los 225,000 trabajadores que solicitan su pensión anualmente, sólo el 50% tiene derecho a obtenerla en ese momento y de estos últimos varios requieren alguna corrección de datos (nombre, Número de Seguridad Social, homonimia, etc.).

Por ello, el pasado 7 de julio estos organismos firmaron un Convenio de Colaboración por medio del cual pusieron en marcha el proyecto denominado Tu Afore tu ventanilla, mediante el cual las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore):

  • proporcionarán a sus clientes la información necesaria para facilitarles el procedimiento de solicitud y obtención de las pensiones
  • solucionarán las inconsistencias de los datos de los trabajadores
  • identificarán si la documentación con la que cuentan cumple con todos requisitos establecidos en la Ley, y de no ser así se encargarán de solucionar la inconsistencia
  • realizarán la pre-captura de la solicitud de pensión
  • generarán el folio de pre-certificación el cual deberá presentar el asegurado ante la oficina del IMSS que se le indique, y
  • validarán del saldo de su cuenta individual

COMPROMISOS DEL IMSS Y LA CONSAR

Para el desarrollo de este proyecto el IMSS se compromete a:

  • proponer a la Consar:
    • los modelos de trípticos o folletos que deberán utilizar las Afore como medios de orientación a los trabajadores, con respecto a los trámites de pensión, y
    • las leyendas a incluir en los estados de cuenta entregados a los trabajadores
  • comunicar a la Comisión los requisitos a cumplir por los trabajadores que soliciten una pensión por Cesantía en Edad Avanzada (CEA) o Vejez
  • revisar y actualizar periódicamente el procedimiento para la orientación de asegurados, así como para la pre-captura de solicitudes de pensión referidas en el Anexo 1 del Convenio mencionado
  • establecer los medios electrónicos para la pre-captura de las solicitudes de pensiones, por parte de las Afore, y
  • recibir y analizar las solicitudes de pensión pre-capturadas por las Afore, diferenciándolas respecto de aquéllos casos no revisados conforme a lo dispuesto en el Anexo 1 mencionado
    A la par, la Consar adquiere el compromiso de entregar a las Afore la información proporcionada por el IMSS y realizar todo lo que sus atribuciones le permiten para dar cumplimiento a los compromisos contraídos mediante el convenio de colaboración.

VENTANILLA ÚNICA

Para el funcionamiento del proyecto Tu Afore tu ventanilla, en los centros de atención a clientes de las Afore se instalará la ventanilla única, en la que se realizará el procedimiento que se describe en el esquema de la página 9.

Documentos a presentar para solicitar la pensión e integrar el expediente

Según el Anexo 1 del Convenio de Colaboración, los documentos –en original y copia– a presentar por los asegurados que tramiten una pensión por CEA o Vejez son los siguientes:

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 -  (Foto: Redacción)

Notas:

1 Quienes se dieron de alta en el Seguro Social antes del 1o de julio de 1997 tienen la posibilidad de elegir el régimen bajo el cual se les otorgará su pensión: el de reparto (LSS de 1973) o el de capitalización individual (LSS de 1997). Según la Ley anterior, los requisitos para obtener una pensión por CEA son: contar con 60 años cumplidos, un mínimo de 500 semanas cotizadas reconocidas ante el IMSS y quedar privado de trabajo remunerado, para la de Vejez, 65 años de edad y 500 cotizaciones semanales (arts. 138 y 145 LSS de 1973).  En el régimen pensionario actual se contempla que para conseguir una pensión por CEA el trabajador debe tener 60 años de edad, 1,250 semanas cotizadas y estar privado de trabajo remunerado y para la de Vejez, 65 años cumplidos y 1,250 cotizaciones semanales (arts. 154 y 162 LSS vigente)

2 Son los descritos en el siguiente apartado

3 Si la cuenta individual se encuentra en alguno de los procesos operativos de los que se señalan a continuación no se podrá realizar el trámite: traspaso de Afore; unificación; fusión; separación de cuentas; transferencia, disposición o devolución de recursos;  selección o traspaso de Siefore; retiro parcial; trámite judicial; transferencia de acreditados; uso de garantías por crédito de Infonavit; aclaración; saldos previos o modificación de datos