Por disposición expresa del artículo 29, fracción VIII de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), los patrones que en términos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, están obligados a dictaminar sus estados financieros por el ejercicio 2010, deben presentar ante el Infonavit una copia con firma autógrafa del informe sobre su situación fiscal y los anexos relativos al pago de aportaciones de vivienda entregados al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
No obstante, el 30 de junio de 2010 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria, donde se les da a los contribuyentes obligados a dictaminarse para efectos fiscales la opción de no hacerlo, siempre y cuando, presenten cierta información al SAT.
Tras la prórroga que otorgó recientemente el SAT a los contribuyentes obligados a dictaminarse para entregarle su dictamen o la infomación sustituta del mismo, a principios de septiembre último, las gerencias de Recaudación y Servicios al Patrón y de Dictámenes y Sevicios del Infonavit publicaron la página de Internet: www.infonavit.gob.mx, sección patrones, los calendarios e instructivos a observar por los patrones en comento para la presentación de la copia del informe sobre su situación fiscal y anexos relativos a las aportaciones de vivienda exhibidos al SAT a través del SIPRED, o la información alternativa de dicho dictamen que optaron por entregar mediante el SIPIAD a ese organismo.
ANEXOS FISCALES
Aquellos patrones que cumplieron con la obligación de dictaminarse fiscalmente deberán acudir a la Gerencia de Fiscalización de la Delegación del Infonavit correspondiente a su domicilio fiscal y entregar lo siguiente:
- original y copia del formato DO-01.D.F, Carta de Presentación de Informe y Anexos, el cual puede obtener directamente en cualquier Delegación del Instituto llevando tan sólo un USB o bien descargándolo en el home principal de nuestra página: www.idconline.com.mx, apartados herramientas útiles y Formas, formularios y sotfware, rubros Laboral y Carta de presentación anexos fiscales
- disco compacto (CD) no regrabable, de cualquier densidad y rotulado con el nombre del patrón, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y período dictaminado. El CD debe estar dentro de un sobre con los datos de identificación del patrón contribuyente, y contener los siguientes archivos individuales:
- opinión (digitalizada) en PDF, JPG o GIF
- informe (digitalizado) en PDF, JPG o GIF
- acuse de recibo del dictamen presentado por Internet al SAT (digitalizado) en PDF, JPG o GIF
- declaración anual (digitalizada) en PDF, JPG o GIF, sin límite de tamaño –sólo aquellos contribuyentes sin trabajadores o sin número de registro patronal–, y
- anexos del dictamen fiscal relativos a las aportaciones de vivienda, según el tipo de dictamen de que se trate. Los tres anexos deben incluirse en un mismo archivo de Excel, pero cada uno debe tener su pestaña renombrada con el número del anexo correspondiente, respetando el formato predeterminado en la hoja de cálculo del SIPRED, a saber:
Tipo de dictamen fiscal | Número y nombre del anexo |
Estados financieros en general |
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Régimen simplicado |
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Establecimientos permanentes |
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Sociedades controladoras y controladas |
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Donatarias |
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Intermediarios financieros no bancarios |
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Sociedades de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda |
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En caso de ejercicios anteriores a 2010 los anexos deben presentarse respetando el formato y número de anexo, según la versión utilizada para su entrega ante el SAT.
INFORMACIÓN ALTERNA AL DICTAMEN
Los patrones que optaron por presentar al SAT la información sustituta al dictamen fiscal mediante el SIPIAD, tienen que exhibir ante la Gerencia de Fiscalización del Infonavit correspondiente a su domicilio fiscal lo siguiente:
- original y copia del formato DO-01.D.F, Carta de Presentación de Informe y Anexos
- disco compacto (CD) no regrabable, de cualquier densidad y rotulado con el nombre del patrón, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y período dictaminado. El CD debe estar dentro de un sobre con los datos de identificación del patrón contribuyente y contener los siguientes archivos individuales:
- acuse de recibo del dictamen presentado por Internet al SAT (digitalizado) en PDF, JPG o GIF
- declaración anual (digitalizada) en PDF, JPG o GIF, sin límite de tamaño –sólo aquellos contribuyentes sin trabajadores o sin número de registro patronal–, e
- información equivalente correspondiente a los anexos relacionados con las aportaciones patronales al Infonavit, según el tipo de dictamen de que se trate. Los tres anexos deben incluirse en un mismo archivo de Excel, pero cada uno debe tener su pestaña renombrada con el número del anexo correspondiente, respetando el formato predeterminado en la hoja de cálculo del SIPIAD, a saber:
Tipo de dictamen fiscal | Número y nombre del anexo |
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FECHAS DE ENTREGA
Fecha de exhibicIón del dictamen o información alterna del mismo ante el SAT | Fecha límite de presentación de anexos fiscales al Infonavit |
Jueves 1 de septiembre | Viernes 23 de septiembre |
Viernes 2 de septiembre | Lunes 26 de septiembre |
Sábado 3 de septiembre | Lunes 26 de septiembre |
Domingo 4 de septiembre | Lunes 26 de septiembre |
Lunes 5 de septiembre | Martes 27 de septiembre |
Martes 6 de septiembre | Miércoles 28 de septiembre |
Miércoles 7 de septiembre | Jueves 29 de septiembre |
Jueves 8 de septiembre | Viernes 30 de septiembre |
Viernes 9 de septiembre | Lunes 3 de octubre |
Sábado 10 de septiembre | Lunes 3 de octubre |
Domingo 11 de septiembre | Lunes 3 de octubre |
Lunes 12 de septiembre | Martes 4 de octubre |
Martes 13 de septiembre | Miércoles 5 de octubre |
Miércoles 14 de septiembre | Jueves 6 de octubre |
Jueves 15 de septiembre | Viernes 7 de octubre |
Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal deben exhibir sus anexos al Infonavit a más tardar el próximo 21 de octubre.
OTRAS DISPOSICIONES
El personal del Infonavit se abocará a validar que los CD contengan los anexos relativos al tipo de contribuyente y que estén completos.
Si algún disco está dañados o los archivos contenidos en él están incompletos o los formatos de los archivos y/o documentación no son los requeridos por el Instituto, éste podrá iniciar sus procesos de fiscalización, solicitando al patrón de que se trate, la presentación de la información de nueva cuenta.
Como puede observarse con la emisión de este documento, sin duda el Infonavit muestra nuevamente su interés en que los patrones cumplan cabalmente con sus obligaciones.