¿Qué adeudos forman parte del programa?
El programa contempla los adeudos generados hasta el sexto bimestre del 2010 por concepto de:
- aportaciones (5%), su actualización y recargos
- aportaciones para amortización de créditos, su actualización y recargos
- actualización y recargos de amortizaciones, y
- multas
¿Debe realizarse el pago en una sola exhibición?
No, los pagos podrán hacerse en una sola exhibición o en parcialidades.
¿Cuáles son los beneficios aplicables si opto por pagar en una sola exhibición?
En este caso se aplicarán los siguientes porcentajes de condonación de recargos y multas, según el período a regularizar y la fecha de adhesión al programa:
Condonación de recargos | |
Período (bimestres) |
% de condonación |
2005 y anteriores | 50% |
1o al 6o del 2006 | 40% |
1o al 6o del 2007 | 35% |
1o al 6o del 2008 | 30% |
1o al 6o del 2009 | 25% |
1o al 6o del 2010 | 20% |
Condonación de multa | ||
Período (bimestres) |
Mes de adhesión al programa | % de condonación |
6o del 2006 y anteriores | Enero-Diciembre | 100% |
1o del 2007 y posteriores | Enero | 100% |
Febrero | ||
Marzo | ||
Abril | 90% | |
Mayo | ||
Junio | 80% | |
Julio | 70% | |
Agosto | 60% | |
Septiembre | 50% | |
Octubre | 40% | |
Noviembre | 30% | |
Diciembre | 20% |
¿Qué beneficios tendrán los patrones que opten por el pago en parcialidades?
En este caso no se exigirá garantizar el interés fiscal y se podrán autorizar hasta:
Número máximo de parcialidades | Concepto a pagar |
48 | Aportaciones |
12 |
|
Los por cientos de condonación de recargos y multas, dependerán de la fecha del adeudo y del mes de incorporación al programa, en los siguientes términos:
Condonación de recargos | |
Período (bimestres) |
% de condonación |
2005 y anteriores | 25% |
1o al 6o del 2006 | 20% |
1o al 6o del 2007 | 15% |
1o al 6o del 2008 | 10% |
1o al 6o del 2009 | 0% |
1o al 6o del 2010 | 0% |
Condonación de multa | ||
Período (bimestres) |
Mes de adhesión al programa | % de condonación |
6o del 2005 y anteriores | Enero-Diciembre | 100% |
1o del 2006 y posteriores | Enero | 80% |
Febrero | ||
Marzo | ||
Abril | 70% | |
Mayo | ||
Junio | 60% | |
Julio | 50% | |
Agosto | 40% | |
Septiembre | 30% | |
Octubre | 20% | |
Noviembre | 10% | |
Diciembre | 5% |
¿Existe algún otro beneficio?
El programa también incluye:
- la condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de la diligencia de requerimiento de pago y embargo
- la no revisión de los períodos regularizados, excepto cuando se trate de atender la queja presentada por algún trabajador derechohabiente, y
- la no presentación de querellas, cuando se detectara la posible comisión de un delito en materia fiscal
¿Cómo se puede inscribir mi empresa a este programa?
La adhesión a este programa deberá solicitarse por escrito en la oficina del Infonavit más cercana a su domicilio y se tendrán que identificar los períodos, conceptos e importes adeudados, así como la forma de cubrir dichos importes.
¿Hasta cuándo estará vigente el Programa?
Hasta el 31 de diciembre de 2012