Cómo inmoviliza cuentas el Infonavit

Conozca el procedimiento para asegurar las cuentas bancarias de los patrones deudores y evite que le suceda

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 .  (Foto: IDC online)

Cuando se trata de la recuperación de créditos a favor de las autoridades fiscales, los patrones perciben que aquéllas, en ocasiones adoptan medidas muy agresivas de cobro como el bloqueo de cuentas bancarias.

Actualmente algunos patrones, están inquietos porque el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) está aplicando esta medida, de ahí que de manera exclusiva para IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, el subdirector general de Recaudación Fiscal de dicho Instituto, licenciado Joaquín Escamilla Orozco, emita las siguientes precisiones, que sin duda son de gran utilidad para el sector empresarial.

FACULTADES DEL INFONAVIT

Como organismo fiscal autónomo, el Infonavit tiene atribuciones semejantes a las del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): tiene la potestad de determinar créditos fiscales con motivo del ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando los patrones omiten el pago de las aportaciones del 5% del salario de sus trabajadores, así como el entero de los descuentos de las amortizaciones de aquéllos que cuentan con un crédito de vivienda.

Dentro de sus prerrogativas fiscales está la de cobrar los créditos adeudados por sí mismo a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) y como parte de éste, efectuar el embargo de depósitos en cuentas bancarias de los patrones deudores. No obstante, esta medida sólo se aplica en casos extremos y luego de haberse agotado un largo camino en el que existen diversas oportunidades a favor de los patrones para regularizar su situación fiscal.

CUÁNDO SE EJECUTAN LOS EMBARGOS A CUENTAS BANCARIAS

A diferencia de lo que se cree, no existe una regla que tenga como finalidad inmovilizar cuentas bancarias de los patrones; esto solamente sucede en casos extremos (cuando ya no existe más opción) y con estricto apego a la Ley.

Existen muchas quejas patronales en el sentido de que las autoridades fiscales efectúan embargos precautorios a cuentas bancarias, pues esto ha sido reconocido inconstitucional por parte de los tribunales. En este sentido cabe señalar que cuando el Infonavit realiza acciones de cobranza coactiva, y por tanto embargos, única y exclusivamente lo hace cuando posee con información de que los créditos fiscales tienen carácter de firmes y exigibles. El Instituto no realiza embargos precautorios, ni asegura bienes atendiendo a los criterios jurisdiccionales que han puesto en duda la constitucionalidad de dichas figuras. En este sentido todos los embargos que efectúa el Infonavit, incluyendo los depósitos bancarios, son parte del proceso de cobranza de créditos firmes.

CÓMO EVITAR LA INMOVILIZACIÓN DE DEPÓSITOS BANCARIOS

El sistema de cumplimiento de las obligaciones en materia de vivienda a cargo de los patrones, es autodeclarativo, esto es: aquéllos se inscriben, dan de alta sus trabajadores, reportan su salario y efectúan los movimientos afiliatorios al Infonavit por conducto del IMSS Desde su Empresa (IDSE).

Con la información autodeterminada por el patrón, el Infonavit, a través del IMSS, hace llegar bimestralmente una propuesta de pago conocida como Emisión Bimestral Anticipada (EBA), la cual, contiene la expectativa de recaudación del Instituto y puede servir de guía para el pago correspondiente.

Asimismo, este organismo por medio de llamadas telefónicas, visitas y comunicados escritos, invita y recuerda a los patrones efectuar el pago oportuno. Contamos con el programa “Empresas de Diez”, en el cual ofrecemos beneficios y reconocimientos a los patrones que durante 10 bimestres, mantienen un comportamiento de pago en tiempo y forma, a efecto incentivar el cumplimiento oportuno.

Los patrones deben enterar las aportaciones y de las amortizaciones hasta antes de los días 17 de los meses impares (enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre). Cuando no se recibe el pago oportunamente, desde el día siguiente se envían recordatorios y se continúa contactando a los omisos por conducto de las delegaciones regionales del Infonavit, para estimular el pago y evitar futuras molestias (aun cuando ya se encuentran con omisiones).

Si no se obtiene el entero con estas acciones, se determina el crédito fiscal en ejercicio de las facultades del Infonavit y se notifica personalmente a los patrones, quienes cuentan con 45 días hábiles (prácticamente dos meses naturales) para: pagar, aclarar la resolución (si existen inconsistencias), interponer algún medio de defensa o solicitar una autorización de pago en parcialidades (convenio) garantizando el crédito fiscal.

CÓMO SE REALIZA LA INMOVILIZACIÓN DE DEPÓSITOS BANCARIOS

La Ley establece que transcurrido el plazo mencionado, el crédito se tiene como firme y puede ser exigido mediante el PAE; lo cual no quiere decir que en cuanto esto sucede, se expide el mandamiento de ejecución y se notifica personalmente al representante legal por conducto del ejecutor, a efecto de requerirle el pago.

Si el patrón omiso no cubre las aportaciones y amortizaciones, se le solicita que señale bienes suficientes para garantizar la obligación y en caso de ser insuficientes, la ley faculta al ejecutor para que designe bienes de los más líquidos a los menos líquidos y sólo en ese momento, se puede trabar formalmente el embargo de bienes o depósitos bancarios.

Ahora bien, en ejecución del embargo tratándose de depósitos bancarios, se solicita la inmovilización de recursos hasta por el importe del adeudo que se está cobrando, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Ésta requiere a los bancos la inmovilización de los fondos, quienes identifican la existencia de depósitos en cuentas del patrón deudor e informan a la Comisión la ejecución de la instrucción comunicada.

Cabe señalar que el Infonavit no embarga la cuenta bancaria en su totalidad, sino únicamente los recursos hasta el importe del adeudo que se está cobrando coactivamente. De hecho el procedimiento establecido con la CNBV exige que para poder empezar con la petición de aseguramiento de montos (nunca se solicita congelar la totalidad de la cuenta sino sólo separar el importe del crédito fiscal firme), se le debe informar el folio mediante el cual se hizo la notificación al patrón del inicio del PAE, los créditos firmes que se cobran y el monto a asegurar.

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 -  (Foto: Redacción)

QUÉ PUEDE HACER EL PATRÓN EMBARGADO

El patrón puede acudir a la Delegación Regional del Infonavit que le corresponda o comunicarse telefónicamente a ésta, para ofrecer propuestas de pago en el marco del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Infonavit, reconocer el adeudo y la solución del mismo para regularizar su situación fiscal. Podrá inclusive, brindar garantías para sustituir la inmovilización de depósitos, quedando sujetas a la aceptación del Instituto en los términos de la Ley.

El Infonavit está consciente de que en ocasiones algunos sectores productivos o empresas individuales atraviesan por problemas financieros. En estos casos, pueden solicitar una autorización de pagos en parcialidades, de los importes adeudados y esta manera, regularizar su situación fiscal. También es importante señalar que en este ejercicio, el Consejo de Administración aprobó un programa especial de facilidades (PROFACI 2012), que contempla beneficios en materia de reducción de multas e inclusive de recargos para los patrones interesados en regularizar su situación fiscal. El PROFACI contempla beneficios tanto en pagos en una sola exhibición, como en parcialidades y prevé que puedan cubrise a plazos conceptos que regularmente no son materia de esa forma de pagos, por ejemplo: las multas.

COMENTARIO FINAL

En el Infonavit queremos crear consciencia en los patrones de que este organismo no es opositor, sino su aliado en tanto que ofrece a los trabajadores importantes beneficios. Igualmente, queremos que los patrones estén convencidos de que el pago oportuno les ahorra molestias y gastos mayores a la larga.

En el Infonavit estamos adoptando una visión de servicio y queremos enviar el mensaje de que más allá de las acciones de cobranza coactiva, podemos arribar a soluciones y que éstas podrán ser más sencillas en la medida en que no se dejen pasar las oportunidades que existen a lo largo de todo el proceso fiscal.