Infonavit protege datos personales

Lineamientos que regulan la transparencia y protección de datos personales en materia del Infonavit

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 .  (Foto: IDC online)

En el DOF del pasado 28 de septiembre, el Infonavit publicó el Acuerdo por el que se aprueban las adecuaciones a los Lineamientos de transparencia, Acceso a la información, Archivos y Protección de datos personales del Infonavit, mismos que dejan sin efecto a sus similares del 29 de octubre de 2009. Dentro de las disposiciones más importantes de interés para patrones y trabajadores destacan las siguientes.

OBJETIVO

Garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión del Infonavit, asegurar la protección de datos personales y establecer sus políticas de transparencia, de conformidad con los artículos 6o y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; entendiéndose por datos personales a cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.

Estos lineamientos son de observancia general para los órganos de gobierno, el personal directivo y los trabajadores del Instituto.

INFORMACIÓN DISPONIBLE

Entre los datos que deben estar a disposición del público en general destacan los referentes a los trámites y servicios a cargo del Infonavit, tales como nombre del servicio, número telefónico para obtener información, objeto del trámite y/o el servicio, horario de atención, costo, población objetivo, requisitos, área responsable del trámite, quejas y denuncias.

La información referida deberá estar disponible a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica.

Para ello el Infonavit tendrá a disposición de las personas interesadas equipo de cómputo, a fin de que éstas puedan obtener la información, de manera directa o mediante impresiones; así como proporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios a su cargo.

INFORMACIÓN RESERVADA

El Infonavit podrá clasificar como tal, aquélla información:

  • cuya difusión pueda:
    • dañar la estabilidad financiera o económica del Instituto
    • poner en riesgo la vida, seguridad o salud de cualquier persona, incluyendo las instalaciones de este organismo, o
    • causar un serio perjuicio a las funciones de:
      • verificación del cumplimiento de las disposiciones jurídicas, en particular aquellas relacionadas con sus facultades como organismo fiscal autónomo
      • recaudación de las contribuciones, y
      • aplicación de estrategias procesales en procesos judiciales, administrativos, o aquellos seguidos en forma de juicio en tanto las resoluciones no causen estado
  • contenida en:
    • las averiguaciones previas, y
    • los expedientes judiciales o procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hubiesen causado estado
  • relativa a:
    • los procedimientos de responsabilidad de los trabajadores del Infonavit, en tanto no se hubiese dictado la resolución administrativa o la jurisdiccional definitiva, y
    • las estrategias y acciones en materia de fiscalización y ejecución cuando su divulgación pueda afectar la labor recaudadora y fiscalizadora del Infonavit y generar un menoscabo a su patrimonio
  • que:
    • contenga las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo del Instituto y de sus órganos de gobierno, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva, la cual deberá estar documentada, y
    • por disposición expresa de una Ley sea considerada confidencial o reservada

Esta información solo podrá ser clasificada como reservada mediante resolución fundada y motivada en donde, a partir de elementos objetivos o verificables, pueda identificarse una alta probabilidad de afectar el interés público protegido.

La información reservada podrá conservar tal carácter hasta por 12 años, pudiéndose ampliar ese lapso siempre y cuando el personal directivo del Instituto, justifique la subsistencia de las causas que dieron origen a su clasificación o hubiesen surgido nuevas.

INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Se dará esta naturaleza a:

  • aquélla entregada con ese calificativo por los particulares, trabajadores y empresas al Infonavit, en lo tocante a la inscripción de los patrones y trabajadores
  • los datos personales que requieran el consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización en los términos de estos lineamientos, y
  • los secretos bancarios, fiscales, comerciales, industriales, o fiduciarios, de conformidad con las disposiciones aplicables, y que hubiesen sido entregados al Instituto por particulares, trabajadores y empresas, a menos que éstos autoricen su difusión expresamente

Esta información podrá divulgarse cuando se acredite que existen razones de interés público relacionadas con la transparencia y rendición de cuentas.

COSTOS DE LA INFORMACIÓN

Los costos por obtener la información no podrán ser superiores a la suma del costo de:

  • materiales utilizados en su reproducción
  • envío, y
  • localización y obtención del documento, si lo hubiese

Las cuotas de los derechos aplicables serán fijadas por la Tesorería General del Infonavit, quien deberá esforzarse por reducir los costos de entrega de información.

UNIDAD DE ENLACE INFONAVIT

Las funciones de esta Unidad son:

  • recibir y dar trámite a las solicitudes de información y de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO)  de datos personales, según lo dispuesto en los lineamientos
  • auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes, en particular cuando el solicitante no sepa leer ni escribir; además de proporcionar orientación sobre las dependencias o entidades u otro órgano que pudieran tener los datos requeridos
  • apoyar en la política de protección de datos personales, y
  • las demás necesarias para garantizar y agilizar el flujo de información entre el Infonavit y los particulares

Esta Unidad, previa consulta al Grupo de Supervisión de Acceso a la Información, Archivos y Protección de Datos Personales, podrá desechar solicitudes de información cuando su respuesta implique la elaboración o revisión de documentos o expedientes o la generación de versiones públicas de los mismos y con ello se cause un entorpecimiento extremo de las actividades del Infonavit.

En estos casos, deberá motivar esta situación con elementos objetivos que permitan evaluar las consecuencias que tendría para el Instituto dar respuesta a la solicitud.

Solicitud de información

Cualquier persona o su representante podrá presentar una solicitud de información ante esta Unidad mediante un escrito libre o a través de la página de Internet del Infonavit: www.infonavit.org.mx o en el Sistema de Solicitudes de Información del Instituto Federal de Acceso a la Información.

Esta solicitud deberá contener:

  • algún medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número telefónico o domicilio)
  • datos generales de su representante
  • descripción clara y precisa de los documentos requeridos
  • cualquier otro dato que propicie su localización con objeto de facilitar su búsqueda, y
  • modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información (correo electrónico, impresa, publicación del documento en el portal del Infonavit o consulta directa o en forma certificada)

En ningún caso la entrega de información estará condicionada a que se motive o justifique su utilización, ni se requerirá demostrar interés alguno.

La respuesta a la solicitud de información se notificará al interesado en un lapso no mayor de 15 días hábiles, contados desde la presentación de aquélla. Además, se precisará el costo y la modalidad en que se entregará.

Si el Infonavit niega el acceso a la información, el afectado podrá interponer un recurso de revisión dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

Cuando el Infonavit no responda a la solicitud en el plazo señalado, se entenderá resuelta en sentido positivo, quedando el Instituto obligado a darle al interesado acceso a la información en un periodo no mayor a 10 diez días hábiles, cubriendo todos los costos generados por la reproducción del material informativo, salvo que el Comité determine que los documentos en cuestión son reservados o confidenciales.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El Instituto deberá:

  • garantizar la protección de los datos personales en su poder conforme a los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad
  • proveer lo necesario para que todo titular pueda ejercer los derechos ARCO, así como manifestar su oposición a determinado tratamiento, mediante procedimientos sencillos y expeditos, y
  • promover la adopción de medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que aseguren la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los datos personales en posesión del Instituto, considerando el riesgo existente, las posibles consecuencias para los titulares, la sensibilidad de los datos y el desarrollo tecnológico
  • El titular de los datos personales tiene derecho a:
  • acceder a sus datos personales que obren en poder del Infonavit y al aviso de privacidad al que está sujeto el tratamiento, en los términos previstos, y
  • solicitar la rectificación de sus datos personales cuando sean inexactos o incompletos, siempre que sea posible y no exija esfuerzos desproporcionados, a criterio del Comité de Transparencia

Cancelación de datos personales

El titular de los datos personales o su representante podrán solicitar la cancelación de sus datos cuando éstos:

  • sean tratados en contravención a lo dispuesto en los presentes lineamientos
  • hubiesen dejado de ser necesarios para el cumplimiento de la finalidad de la base de datos previstas en las disposiciones aplicables o en el aviso de privacidad, o
  • estén siendo utilizados para fines no autorizados o incompatibles con el fin que justificó su tratamiento

Reservas del Infonavit

El Instituto podrá negar el acceso a los datos personales, o a realizar la rectificación o cancelación, o a conceder la oposición al tratamiento de los mismos, cuando:

  • el solicitante no sea el titular, o el representante legal no esté debidamente acreditado para ello
  • en las bases de datos, no se encuentren los datos personales del solicitante
  • se lesionen los derechos de un tercero
  • exista un impedimento legal o la resolución de una autoridad competente, debidamente fundada y motivada, que restrinja el acceso a los datos personales, o no permita su rectificación, cancelación u oposición
  • el acceso, la rectificación, cancelación u oposición hubiese sido previamente realizada, y
  • por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas

SANCIONES AL PERSONAL INSTITUCIONAL

Cuando los trabajadores del Infonavit cometan alguna de las infracciones relativas a la transparencia o protección de datos personales, serán sancionados según lo dispuesto en el Reglamento del Contrato Colectivo de Trabajo del Infonavit, así como lo previsto en la LFT, en materia de sanciones.

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