Patrón y trabajador ¿Se puede?

No en la misma empresa, sino en dos consorcios distintos, en uno es posible ser trabajador y en otro patrón

El gerente de la empresa tiene la intención de abrir un restaurante y contratar a varios trabajadores, por lo que se registrará como patrón ante el IMSS, pero sin dejar de laborar con nosotros. Sin embargo, nos cuestiona si esto afectará sus derechos como asegurado. ¿Nos pueden orientar?

No existe ningún impedimento para que su trabajador obtenga un registro patronal ante el Instituto. De hecho es una de sus obligaciones a partir del momento en que empiece a utilizar los servicios de uno o varios trabajadores (arts. 15, fracc. I, LSS y 12, fracc. I, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización).

Esta dualidad de patrón y trabajador no extingue ni afecta sus derechos como asegurado pues se trata de dos relaciones independientes una de otra.