Aprueban homologación de cuotas IMSS con ISR

La reforma incluye la obligación de transparentar los recursos que se obtengan con estos cambios

Aprobada la reforma a la Ley del Seguro Social
 Aprobada la reforma a la Ley del Seguro Social  (Foto: Redacción)

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que homologa los criterios con los que se calculan las cuotas del IMSS con la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La iniciativa, que fue avalada con 336 votos a favor, 115 en contra y 15 abstenciones, reforma el artículo 27 y deroga el numeral 32 de la Ley del Seguro Social.

A la propuesta se agregaron tres artículos transitorios “para transparentar los recursos que se obtengan con esta reforma”, a fin de que estos se destinen al desarrollo e infraestructura del IMSS. Además, la Auditoría Superior de la Federación deberá informar sobre la situación del organismo, detalló la Cámara baja en un comunicado.

“Esta reforma busca hacer compatibles las bases gravables de las cuotas obrero-patronales y el ISR, posibilitando con ello una mejor fiscalización de ambas contribuciones”, expone el documento.

Con ello, se “beneficiará a los trabajadores, puesto que al no modificarse la tasa de cuotas obreras, seguirán pagando cerca de $2.6 de cada $100 pesos, mientras que por cada peso que paguen ganarán aproximadamente $6.7 pesos por el aumento que se logrará a su cuenta de ahorro para el retiro y vivienda”.

El comunicado explica que actualmente ambas bases gravables “se encuentran disociadas, a pesar de estar basadas en el salario”. Esto ha provocado que la fiscalización de la determinación de ambas contribuciones se complique, “y que algunos patrones aprovechen la diferencia entre ambas bases gravables para subestimar el salario base de cotización, y así reducir su carga de seguridad social”.

Así mismo, los consorcios “se benefician al reportar una nómina mayor para deducir su propia base gravable, puesto que diversos componentes de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados son deducibles para los patrones”, agrega.

La reforma también plantea homologar las exclusiones de los integrantes del salario base de cotización, establecidos en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social con los de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Entre estos destacan los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados en la Ley del ISR.

También las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores y las cuotas sindicales, las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores, y sus aportaciones a la subcuenta de vivienda.

Así mismo, se excluyen del salario base de cotización las prestaciones de alimentación y la habitación que se entreguen en especie, las despensas en especie o en vales, los vales para restaurante y para transporte, y los premios por asistencia y puntualidad.

En la discusión en lo particular, se aprobó la reserva del diputado Carol Antonio Altamirano (PRD), quien propuso agregar al dictamen un nuevo artículo tercero transitorio para establecer que la Auditoría Superior de la Federación deberá informar los resultados de la gestión del IMSS en los ejercicios de 1997 a 2002.

Finalmente, se adicionó un artículo quinto transitorio para establecer en el dictamen que el IMSS, en el informe al que se refiere el artículo 273 de la Ley del Seguro Social, que corresponda al ejercicio fiscal 2014, deberá hacer referencia al impacto que derive de esta reforma.

El dictamen, que deriva de una iniciativa presentada el pasado 19 de marzo por el diputado Sergio Torres Félix (PRI), fue turnado al Senado de la República para su ratificación.

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Caso 1, Caso 2, Caso 3.