Patrón y pensionado ¿se puede?

No, la calidad de pensionado no resulta afectada con el alta como patrón

Uno de nuestros clientes nos solicitó asesoría para abrir un negocio y realizar el alta de su registro patronal ante el Seguro Social, sin embargo nos preocupa que por tener la calidad de patrón, el instituto le quite su pensión por cesantía en edad avanzada ¿Es esto posible?

No existe inconveniente alguno para que su cliente obtenga el registro patronal ante el instituto, ya que ésta es una obligación que debe cumplir independiente a su derecho de recibir la pensión otorgada por los años laborados; en consecuencia su calidad de pensionado no puede resultar afectada por la de patrón, pues son de naturaleza diferente (arts. 15, fracción I, LSS y 12, fracción I, RACERF).