Convenimos con el sindicato de los trabajadores eliminar de nuestro contrato colectivo la cláusula que nos obligaba a pagarles un bono por antigüedad al momento de su retiro, ya sea por renuncia o jubilación; de ahí que les liquidaremos dicha prestación según el tiempo que tienen a nuestro servicio. ¿Este ingreso extraordinario forma parte de su salario base de cotización (SBC)?
Toda vez que se entregará a los trabajadores durante la vigencia de la relación laboral y la antigüedad es un concepto ligado a la prestación de los servicios, pues se genera día con día, en nuestra opinión el bono en comento se debe integrar para efectos del SBC, de acuerdo con el art. 27 primer párrafo LSS.