Modificación salarial por factor de antigüedad

Estos cambios se deben comunicar a los trabajadores dentro de un término de cinco días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha en que cumplan el año de servicios

Nuestra compañía tiene un año de operaciones y desea cumplir con las disposiciones que la LSS y sus reglamentos imponen a los patrones.

Por ello, ante la proximidad de que varios de los trabajadores cumplen su primer año de servicios, deseamos saber ¿con qué plazo contamos para presentar los avisos de modificación salarial respectivos con el nuevo factor de integración derivado del incremento de la prima vacacional?

Según los artículos 30, fracción I, y 34, fracción I de la LSS, la empresa deberá comunicar las modificaciones salariales correspondientes a esos trabajadores dentro de un término de cinco días hábiles, contando a partir del día siguiente a la fecha en que cumplan el año de servicios.

Para conocer cómo se conforma el factor en comento a aplicar al salario de sus colaboradores se recomienda consultar el caso práctico intitulado “Cómo calcular el factor de integración salarial”.