Declaración de siniestralidad espontánea

No debe haber ninguna sanción pues la declaración se está presentando de manera espontánea

Por problemas informáticos nos vimos imposibilitados a presentar la declaración de prima de riesgo de trabajo de 2013 a través de IDSE, por lo que pretendemos entregarla de manera presencial en la subdelegación que nos corresponde.

Aún así ¿seremos objeto de la imposición de alguna multa?

No, en razón de que la presentación de la declaración de siniestralidad laboral, aunque extemporánea, la harán de forma voluntaria, esto es antes de que el IMSS les notifique una resolución mediante la cual rectifique la prima de cotización del Seguro de Riesgos de Trabajo, o bien de que les envíe el requerimiento de cumplimiento respectivo (art. 304-C, LSS).

Para tales efectos, deben entregar en el Área de Oficialía de Partes de la Subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal un escrito libre (en original y copia), en el cual señalen sus datos de identificación (nombre del nombre del patrón o sujeto obligado; denominación o razón social de la empresa y si es el caso el nombre del representante legal; Número de Registro Patronal (NRP), y domicilio para oír y recibir notificaciones) y la causa por la que están cumpliendo fuera de tiempo con la declaración de riesgos de trabajo.

A dicho escrito, adjuntarán dos tantos de la declaración (formatos CLEM-22

“Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad” y CLEM-22-A “Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados”).