Deseamos impugnar vía recurso de inconformidad varias cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales, recientemente notificadas a la empresa, las cuales se derivaron de una revisión de gabinete que nos practicó el IMSS por los últimos cinco años.
¿Es procedente interponer un recurso por cada uno de los créditos, o solo uno en el que se incluyan todos?
Toda vez que las cédulas de liquidación como las señaladas en su consulta son definitivas, y resultado de un solo acto de fiscalización (revisión de gabinete), la compañía podrá impugnarlas en un medio de defensa único, esdecir con el recurso de inconformidad o juicio de nulidad, de acuerdo con los artículos 294 y 295 de la LSS, y 13, fracción I, inciso a, de la LFPCA.
Contrario a lo que sucede cuando las cédulas de liquidación provienen de diversos actos de fiscalización, pues en este último caso lo procedente es interponer un recurso de inconformidad o juicio de nulidad por cada cédula notificada.