¿Quién presenta el aviso de sustitución patronal?

El patrón sustituto es quien debe realizar este trámite dentro de los cinco días hábiles siguientes a que ocurra

Soy un patrón persona física que dejaré de radicar en la República Mexicana, por lo que vendí el inmueble y el equipo relacionado con el giro de mi negociación a otro sujeto.

Convenimos la transferencia de los cuatro colaboradores con los que tenía una relación laboral. Sabemos que configuramos una sustitución patronal pero desconocemos quién de los dos debe comunicar tal evento al IMSS. ¿Podrían orientarnos?

Según los artículos 290, tercer párrafo de la LSS y 16 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) el patrón sustituto es quien debe realizar el trámite dentro de los cinco días hábiles siguientes a que ocurra.

Para ello tiene que acudir al área de Patrones del Departamento de Afiliación-Vigencia de Derechos de la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal y presentar, tanto de él como de usted:

  • original de:
    • tarjeta de registro patronal
    • formato AFIL-01 “Aviso de inscripción patronal o de Modificación en su Registro” que presentaron al momento de su alta, y
  • original y copia para cotejo de:
    • escrito libre donde comunique la sustitución, el objeto, la fecha, y el lugar de la compraventa, y se especifique qué patrón continuará con las operaciones y quien las interrumpirá
    • formato AM-SRT “Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo”, en donde se precise la sustitución
    • RFC
    • Clave Única de Registro de Población (CURP)
    • comprobante de domicilio
    • identificación oficial con fotografía (credencial de elector, cédula profesional, o pasaporte)

Algunas subdelegaciones del IMSS estilan solicitar: los originales de los últimos comprobantes de pago de las cuotas obrero-patronales, así como el original y copia del convenio celebrado ante la autoridad laboral competente por el cual se ratifique la sustitución patronal, y la constancia de suspensión de actividades del patrón sustituido.

Cuando el patrón sustituto obtenga su tarjeta patronal actualizada tendrá que tramitar su certificado y firma digital, para ello deberá llevar en una memoria USB sus archivos con extensión .key y .cer que previamente generó. Para ello tendrá que presentarse a    la Oficina de Firma Digital del Área de Afiliación-Vigencia de la subdelegación con el original y copia de un escrito libre en el que solicite tales privilegios.