Parejas del mismo sexo también se afilian al IMSS

Sin necesidad de interponer un amparo, el trámite ya es aceptado en el Seguro Social tras una sentencia de la SCJN

Seguridad social para parejas del mismo sexo
 Seguridad social para parejas del mismo sexo  (Foto: Redacción)

Formalmente la Ley del Seguro Social excluye a las parejas del mismo sexo del Seguro de Enfermedades y Maternidad, pues esta norma hace distinciones en cuanto al género de las personas.

Sin embargo, a partir de una sentencia emitida en enero de 2014 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el IMSS ya afilia a las parejas formadas por hombres y/o mujeres homosexuales, pues negar la inscripción al organismo significaba trasgredir el derecho humano a la igualdad.

De esta forma, los derechohabientes que quieran inscribir a sus parejas del mismo sexo pueden hacerlo sin necesidad de recurrir a los tribunales, siguiendo los mismos trámites que realizan los matrimonios heterosexuales.

Por ende debes acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda, de acuerdo con tu domicilio, y presentar:

  • Un documento en el que aparezca tu número de Seguridad Social en original
  • CURP
  • Tu identificación oficial y la de tu esposo o esposa
  • Copia certificada del acta de matrimonio

Cabe destacar que este beneficio también incluye a las parejas de concubinos formadas por personas del mismo sexo.

Si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación no declaró la inconstitucionalidad del artículo 84, fracción III, de la Ley del Seguro Social, que prohibía la afiliación de este tipo de parejas, el máximo tribunal del país decidió hacer una "interpretación conforme" al artículo 1o. de la Constitución.

Es decir, la ley que regula al IMSS debe interpretarse y aplicarse no en su texto literal, sino en el sentido de permitir el acceso a los seguros correspondientes al cónyuge o concubino del asegurado, con independencia de si se trata de matrimonios o concubinatos de distinto o del mismo sexo.