Cómo quedó el subsidio de SS para patrones RIF

Durante 2015 y 2016 podrán beneficiarse de un subsidio del 50% en el pago de cuotas obrero-patronales causadas

Calcule correctamente las cuotas de seguridad social de acuerdo con los nuevos salarios mínimos
 Calcule correctamente las cuotas de seguridad social de acuerdo con los nuevos salarios mínimos  (Foto: Redacción)

Recientemente la SHCP extendió un año más los beneficios fiscales aplicables a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

En ese sentido, las personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el RIF previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que aplicaron el 50% del subsidio de la contribución de seguridad social previsto en el Decreto por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social del 8 de abril de 2014, pueden seguir haciéndolo hasta el 2016.

Para ello este año (2015) será considerado como el inicio del subsidio, por tanto durante 2015 y 2016 podrán beneficiarse de un subsidio del 50% en el pago de cuotas obrero-patronales causadas.

De tal suerte que el porcentaje del beneficio quedará en los siguientes términos:

Años Subsidio aplicable
2017 y 2018 40%
2019 y 2020 30%
2021 y 2022 20%
2023 y 2024 10%

Todo lo anterior de conformidad con el Decreto por el que se amplían los beneficios fiscales a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal del 11 de marzo de 2015.

Finalmente si desea conocer los requisitos a cubrir por los interesados en obtener este subsidio puede consultar en las siguientes notas intituladas “Subsidio a pagos al IMSS e Infonavit” y “¿Tributas en el RIF?" Obtén los beneficios que ofrece el IMSS”.

Conoce quienes pueden obtener un subsidio en el pago de cuotas y conoce el trámite para obtener el subsidio de cuotas