¿Qué hacer ante negativa de atención médica?

Se debe presentar un escrito libre en el que plasmen la necesidad del trabajador de recibir atención médica en otra entidad

Soy un patrón persona física con registro patronal en Tlaxcala; un trabajador que constantemente se traslada a Puebla para darle mantenimiento a varias maquinarias de uno de nuestros clientes, acudió a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) cercana a las instalaciones de donde presta sus servicios. El personal médico le dijo que no podían atenderlo porque estaba registrado en una de las clínicas de Tlaxcala. ¿Qué debemos hacer para que el Instituto le preste el servicio médico?

Deben tramitar de inmediato para el trabajador una autorización para recibir atención médica en circunscripción foránea, ya que por la naturaleza de los servicios que presta requiere constantemente salir de su lugar de   adscripción (art. 107, Reglamento de Prestaciones    Médicas del IMSS —RPM—).

Esta autorización puede solicitarse a través del IMSS Desde su Empresa (IDSE) o directamente en las oficinas del Seguro Social.

Si desean llevar a cabo esta gestión de manera presencial deben acudir al área de Patrones del Departamento de Afiliación-Vigencia de Derechos de la subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal, en donde deben presentar un escrito libre en el que plasmen la necesidad del trabajador de recibir atención médica en Puebla, ya que por el desarrollo de sus funciones constantemente está en aquella localidad. Adicionalmente en dicho documento deben precisar los siguientes datos del asegurado: su nombre completo; número de seguridad social (NSS); Clave Única de Registro de Población (CURP), y el domicilio en donde reside.

Dicho escrito debe acompañarse del original y copia simple de: su tarjeta de identificación patronal e identificación oficial del patrón o su representante legal (credencial para votar con fotografía, pasaporte vigente, cartilla del servicio militar, cédula profesional).