La Comisión de Vivienda en la Cámara de Diputados aprobó una minuta para que el Infonavit reconozca y dé validez a la Firma Electrónica Avanzada, emitidas por otras autoridades, para trámites y funciones de su competencia.
La propuesta reforma los artículos 29 y 35 y adiciona un 29 Ter y 29 Quáter a la Ley del Infonavit para permitir a la institución integrar medios electrónicos en sus procesos, funciones y tareas.
Hasta la fecha, el Infonavit ha recurrido principalmente al correo certificado para efecto de comunicaciones, y la firma autógrafa para efecto de notificaciones y actos de autoridad, al estar impedido de realizarlo a través de medios electrónicos establecidos en el artículo 17-C del CFF.
Esto dará oportunidad a los patrones para atender los requerimientos de pago, aportaciones y descuentos, mediante formularios electrónicos, ya que tres de cada cuatro financiamientos de vivienda otorgados en el país durante 2014 correspondieron a esta institución.
El subdirector general de Recaudación Fiscal del Infonavit, Fernando Diarte Martínez, puntualizó que la legislación fiscal y la Ley de la Firma Electrónica Avanzada precisan que si una autoridad quiere utilizar los medios electrónicos, debe contemplarla en su propia ley.
“Es reconocido que la modernidad, la firma electrónica y los medios electrónicos son una realidad que nos facilita el trámite”, sostuvo.