Cambios en el SAR en aras de mayores rendimientos

Detalles de la normatividad que regula la ampliación del portafolio de inversión

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 -  (Foto: Redacción)

La Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a través de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retito, publicó en el DOF de este 25 de abril las modificaciones a las Disposiciones de Carácter General en materia Financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

El objetivo de las enmiendas, que en lo general entraron en vigor el 26 de abril de 2016, es integrar a la normatividad prudencial dos nuevos vehículos de inversión: los Certificados Bursátiles Fiduciarios de Proyectos de Inversión (CERPI) y la denominada Fibra E, para lograr una mayor diversificación del portafolio  y mayores rendimientos de largo plazo que se traduzcan en mejores pensiones.

Así las cosas, este documento establece los requisitos que deberán seguir las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y sus respectivos Comités para poder invertir en los instrumentos referidos, además detalla el tipo de análisis, la medición de los riesgos de dichas inversiones y el funcionamiento que deberá seguir el gobierno.

Entre las acciones que deberán realizar las Afore para poder invertir en los nuevos vehículos están:

  • sus Comités de Riesgos o de Inversiones deberán identificar plenamente el administrador y del co-inversionista, quien se encargará de definir la tesis de inversión, y
  • se Comité de Inversión, respecto a la inversión en instrumentos estructurados, tendrá que:
    • decidir sobre la participación en proyectos definidos a través de mecanismos de inversión voluntarios en el prospecto de emisión
    • opinar sobre el monto y plazo en que ocurrirán las llamadas de capital pendientes, y
    • determinar no participar en dichas llamadas de capital cuando cuente con el voto favorable de la mayoría de los consejeros independientes, en cuyo caso, deberá realizar lo conducente para eliminar estos activos de las carteras de inversión

Finalmente estas reglas también precisan los requisitos a seguir por las Afore para evitar una concentración excesiva en un solo proyecto o administrador; los montos permitidos de inversión de dichos instrumentos estructurados y la participación del administrador como co-inversionista.