Infonavit ajusta interpretación de su normatividad

Revisa en qué consiste y prevenga la imposición de créditos fiscales

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Por José Juan Ríos Aguilar

Recientemente el Infonavit actualizó su criterio normativo 01/2015: “Facultad del Infonavit para presentar querella y promover su gestión por la presunta comisión del delito equiparable a la defraudación fiscal”.

Aproximadamente hace un año,  la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) observó que este criterio generaba inseguridad jurídica al sector patronal porque no precisaba los casos en que el Infonavit presentaría la querella por el delito de defraudación fiscal o sus equiparables.

Por ende la procuraduría solicitó que el Infonavit dejara sin efectos su criterio normativo, además de que le concedió 30 días naturales para que manifestara lo que a su derecho conviniera, en ese sentido el Gerente Sr. De Fiscalización y Cobranza Fiscal del Infonavit optó por modificar la presentación o los motivos de la emisión de dicho criterio normativo.

No obstante en esta renovación que da a conocer el Instituto, no cumple con lo señalado por la Prodecon.

Por otra parte se da a conocer el criterio normativo 01/2016: En los casos de incapacidades expedidas por el IMSS no se suspende la obligación patronal de pagar las aportaciones habitacionales.

En este discernimiento el Infonavit señala que en los casos relativos a las incapacidades temporales y descansos por maternidad de las madres, amparadas por certificados expedidos por el IMSS, subsiste la obligación patronal de enterar las aportaciones de vivienda, pues la relación de trabajo. Esto sin perjuicio de que el patrón no cubra los salarios (art. 35, fracc. III, Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit —Ripaedi—).

Respecto a este criterio no hay ninguna novedad pues el Instituto lo unico que hace es confirmar lo establecido por el reglamento respectivo.

Finalmente estimado lector, se le recomienda que cumpla cabalmente con sus obligaciones en materia de vivienda y con ello evitar ser perseguido por la comisión de un posible delito o bien ser sujeto de créditos fiscales.