¿Quiénes pueden nombrar y remover personal del IMSS?

Revisa la importancia que tiene conocer quién puede designar a los servidores públicos del Instituto

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 -  (Foto: Redacción)

Por José Juan Ríos Aguilar

El Seguro Social en su carácter de autoridad fiscal puede imponer créditos fiscales a los patrones que no cumplan con la LSS o bien ordenar el requerimeinto de documentación -revisión de gabinete o visita domiciliaria-, dichos actos administrativos deben constar de ciertos requisitos legales como el ser emitidos y firmados por el funcionario público competente y estar fundado y motivado  (arts. 16, primer párrafo, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicana y 38, fraccs II, IV y V, CFF).

En ese sentido, el IMSS al ejercer sus funciones a través de sus funcionarios, estos deben ser designados en sus puestos por las personas que tengan facultades para ello, de lo contrario el acto de molestia carece de validez, lo cual se puede hacer valer en el recurso de inconformidad o juicio de nulidad.

Para tales efectos el director general del IMSS tiene la facultad de nombrar y remover a los trabajadores de confianza "A" del Instituto, la que puede ser delegada a los titulares de la Secretaría General, de los Órganos Normativos y de los Órganos de Operación Administrativa Desconcentrada (arts. 268, fracc. VIII, LSS y 66, fracc. XIII, Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social).

Con fundamento en lo anterior hoy se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se delega en los titulares de la Secretaría General, Direcciones y Unidades Normativas, Delegaciones y Direcciones de las Unidades Médicas de Alta Especialidad, en el ámbito de su competencia, la facultad de nombrar y remover a los trabajadores de confianza "A", del Instituto Mexicano del Seguro Social.

En este documento se establece que los Titulares de la Secretaría General, de las Direcciones y Unidades normativas pueden nombrar y remover a los titulares de las Coordinaciones, Coordinaciones Técnicas, Jefaturas de División y Subjefaturas de División, así como de los puestos homólogos a estos.

Asimismo se establecen las siguientes reglas y facultades, para:

  • los nombramientos:
    • los Delegados, previo acuerdo con el titular de la Dirección de Vinculación Institucional y Evaluación de Delegaciones, pueden designar a los titulares de las Jefaturas de Servicios delegacionales, Subdelegaciones y Coordinaciones delegacionales, así como de las Jefaturas de Oficina para Cobros.
    • Asimismo pueden elegir sin conceso a los titulares de las Jefaturas de Departamento delegacionales y subdelegacionales, Jefaturas de Oficina delegacionales (excepto la Oficina para Cobros) y subdelegacionales, y
    • los directores de las Unidades Médicas de Alta Especialidad (UMAE) deben concertar con el titular de la Dirección de Prestaciones Médicas y, en su caso, de la Dirección normativa correspondiente el nombramiento de quienes ocupen los puestos de los titulares de las Direcciones, Coordinaciones, Jefaturas de División.

      Igualmente pueden escoger libremente a quienes aspiren a ser titulares de las Jefaturas de Departamento y Jefaturas de Oficina, así como de sus homólogos.

  • las remociones
    • los titulares de las Direcciones normativas, de las Delegaciones y de las UMAE pueden separar de sus funciones a los titulares de las: Jefaturas de Servicios delegacionales; Subdelegaciones; Coordinaciones delegacionales; Jefaturas de Departamento delegacionales y subdelegacionales; Jefaturas de Oficina delegacionales y subdelegacionales; Direcciones; Coordinaciones y Jefaturas de División, de Departamento y de Oficina
    • la destitución que hagan los titulares de las Delegaciones y los directores de las UMAE debe ser en conjunto con el Director de Vinculación Institucional y Evaluación de delegaciones o en su caso, de la dirección normativa competente, y
    • los titulares de las direcciones normativas al desincorporar a los servidores públicos de los  órganos de operación administrativa desconcentrada están obligados a notificar al Delegado o al Director de la UMAE para que ejecuten dicha acción

Es importante que en los actos administrativos del IMSS se observe quién lo está firmado y revisar si su nombramiento fue conforme a lo anterior, pues de lo contrario se puede interponer el medio de defensa respectivo.

Finalmente, el acuerdo en comento entra en vigor a partir del próximo 18 de mayo.