Devolución de aportación y Cofinavit AG

Entrevista sobre las facilidades para los patrones que contraten acreditados desempleados y el nuevo esquema de financiamiento

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 .  (Foto: IDC online)

En abril, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) dio a conocer a través de su página de Internet, la puesta en marcha de dos importantes instrumentos para patrones y trabajadores.

Por un lado se anunció el Programa de Incentivos al Empleo de los Acreditados del Infonavit y por otro el nuevo esquema de financiamiento Cofinavit Anualidades Garantizadas (Cofinavit AG). Por la trascendencia de estas dos acciones, en entrevista exclusiva para IDC el titular de la Gerencia de Originación Hipotecaria del Infonavit, contador Alfredo Rabell Mañón, despejó las siguientes interrogantes:

Programa de Incentivos al Empleo de los Acreditados del Infonavit

Como recientemente fue publicado en la página de Internet del Instituto el ?Programa de Incentivos al Empleo de los Acreditados del Infonavit? han surgido diversos cuestionamientos principalmente en el sector patronal, de los cuales destacan los siguientes:

¿En qué consiste este Programa?

Según datos de nuestro sistema, aproximadamente la mitad de los trabajadores que pierden su relación laboral se recontratan rápido, sin embargo hay quienes tardan más en conseguir un empleo esto es entre cuatro y seis meses, o quienes no lo logran sino después de un año, desafortunadamente los de este segmento son los acreditados de menores ingresos (menos de cuatro salarios mínimos).

Estos datos nos han permitido implementar una acción focalizada con el objeto de dotar al acreditado desempleado de un elemento que le facilite ser contratado. A través de este Programa, el Infonavit dará un incentivo equivalente al 5% de la aportación patronal, a aquellos patrones que contraten acreditados que hubiesen perdido su relación laboral hace más de cuatro meses, es decir, se le devuelve el pago que efectúa al Instituto por concepto de aportaciones de vivienda.

¿Qué mecánica utilizan para llevar a cabo esa confirmación de antigüedad de la pérdida del empleo y cómo regresarán el dinero al patrón?

A finales de abril tendremos en nuestro sitio de Internet una herramienta en la que el patrón podrá consultar los trabajadores que son sujetos de este beneficio, los cuales aparecerán en esta base de datos si tienen más de cuatro meses sin empleo, según la fecha de baja ante el Seguro Social.

Los patrones deberán confirmar que contrataron trabajadores acreditados para lo cual deberá dejar sus datos en el portal mencionado a fin de que el Infonavit realice la devolución por el monto pagado por concepto de las aportaciones de vivienda de los acreditados, por medio de una transferencia electrónica.

Es importante mencionar que con este apoyo el trabajador cuenta con el 5% de las aportaciones patronales para amortizar su crédito y el patrón recibe en devolución el mismo importe al siguiente bimestre, es decir, es un esquema autofinanciable que no lo absorbe ni el trabajador ni el patrón sino el Infonavit directamente.

Si el trabajador cuando estuvo desempleado solicitó una prórroga, ¿el patrón que lo contrata puede acceder al Programa?

Sí, lo único que vamos a considerar es que al momento de su contratación no tenga relación laboral; tampoco será necesario que esté al corriente en el pago de su crédito, sino que bastará con que vuelva a tener una fuente de ingresos y por ende, le sea posible pagar.

Por lo que toca al patrón, si tiene adeudos con el Instituto no dejará de ser sujeto a este Programa pues si contrata acreditados del Infonavit suponemos que está interesado en acercarse a nosotros y por lo tanto podremos ofrecerle un plan de facilidades de pago.

Asimismo, si el patrón paga de forma extemporánea no pierde el beneficio.

¿Cuál es la vigencia de este instrumento?

Estamos autorizados para operar por seis meses a partir de abril. La única limitante es el presupuesto, sólo contamos con 200 millones de pesos, pero estimamos que es una cantidad suficiente.

Queremos demostrar que este es un buen instrumento para que de ser necesario, y siempre que las condiciones económicas lo permitan, podamos solicitar su continuidad ante el Consejo de Administración.

¿Qué otra información considera que deben conocer los patrones sobre este tema?

El Infonavit está muy interesado en promover cualquier instrumento que nos ayude a atender mejor a los derechohabientes para darle viabilidad al propio Instituto y al fondo de vivienda en el largo plazo, atendiendo a las necesidades de las empresas y del país en su conjunto.

Este Programa se está promoviendo con la intención de dar incentivos reales para reactivar la economía.

Cofinavit AG

¿Qué motivó la creación de Cofinavit AG?

En términos generales, los recursos del Infonavit están orientados hacia trabajadores de bajo ingreso, es decir quienes ganan menos de cuatro salarios mínimos; sin embargo, los que perciben más o que incluso cuentan con otras fuentes de trabajo también tienen derecho a un crédito de vivienda porque cotizan al Infonavit.

Por ello, decidimos establecer las mecánicas de coparticipación, donde nosotros no podemos dar el total de los recursos pero el crédito que otorgamos se puede complementar con uno de una entidad financiera para aumentar el monto del préstamo y ayudar a estos trabajadores a obtener una casa adecuada a sus necesidades.

Para atender a los derechohabientes de mayores ingresos, el año pasado hicimos las modificaciones necesarias para dar créditos a los que ganan alrededor de 11 salarios mínimos (más de $18,000) y esto motivó que mucha gente los solicitara, por ende destinamos muchos recursos para esos efectos.

A finales de 2008, cuando hicimos el plan anual, calculamos que daríamos 10,000 créditos en cofinanciamiento pero en los dos primeros meses de este año, había una demanda muy fuerte (más del 50% de lo proyectado).

Entonces se nos ocurrió implementar un esquema en que pudiésemos incrementar el volumen de atención y otorgar mayores beneficios, pues por la situación actual la gran parte de las entidades que dan créditos hipotecarios han endurecido sus condiciones de aceptación ?algunas en exceso? porque la gente no tiene como dar garantía sobre el crédito que se le otorga, así nació Cofinavit AG.

¿En qué consiste Cofinavit AG?

En este esquema de financiamiento, se entrega al derechohabiente una parte de su ahorro, a fin de que pueda cubrir el enganche de una vivienda, un monto de crédito del Infonavit y el remanente de la subcuenta de vivienda, el cual se le da en partes iguales en cinco anualidades, mismas que se destinan al pago del crédito otorgado por la entidad financiera.

El saldo que durante esos cinco años se queda en la subcuenta de vivienda del derechohabiente representa una garantía para el crédito. Con esto, las entidades financieras pueden autorizar más fácilmente un préstamo, pues cuentan además del Fondo de Protección de Pagos con el respaldo que tiene el derechohabiente en su subcuenta de vivienda.

Si el acreditado no requiere utilizar este respaldo, cada año estará efectuando un prepago, o pago programado, al crédito otorgado por la entidad financiera.

¿Cuál es la diferencia de este nuevo esquema con el de Cofinavit?

Básicamente Cofinavit AG es un producto de crédito más seguro porque la persona tiene su propio ahorro como garantía de su préstamo; con esto evitamos que el acreditado entregue la totalidad del monto otorgado, a fin de que ante una contingencia tenga cómo responder y no pierda su vivienda.

Cofinavit AG es una mezcla entre Cofinavit y Apoyo-Infonavit porque queda garantizado el financiamiento de los créditos, tanto con el Infonavit como con la entidad financiera, y el monto del préstamo que puede obtener el acreditado prácticamente no varía porque tiene pagos programados cada año y una parte de su ahorro garantiza el préstamo durante el tiempo estimado para que se deteriore un crédito (cinco años).

¿Cómo se harán las amortizaciones del crédito de vivienda en este esquema de financiamiento y qué diferencias se observan con respecto al Cofinavit simple?

En el Cofinavit simple, el trabajador paga el crédito otorgado por el Infonavit y se le hace una retención a su salario de hasta el 10%, es decir un trabajador que gana $40,000.00 puede obtener un monto de crédito más grande con el Instituto, el cual se paga con las aportaciones del 5% y la retención mencionada. En este caso tiene que pagar al Instituto alrededor de $4,000.00 mensuales.

En Cofinavit AG, otorgamos un crédito más pequeño, donde las aportaciones del 5% se destinan a pagarlo pero la retención al salario se reduce, esto es, sólo retenemos el 1% sobre el salario que se va directamente al Infonavit. Con esto el Instituto estará dando un crédito de hasta 2.8 veces lo que hubiese en la subcuenta de vivienda, por ejemplo a una persona que tenga $300.00 en su subcuenta de vivienda, le entregaremos $100.00 y el remanente se queda como garantía para las anualidades, y adicionalmente le daremos un préstamo de $280.00 con las condiciones del crédito tradicional Infonavit, mismo que se pagará con las aportaciones del 5% y con una retención de sólo el 1% de su salario. De esta manera, el resto de la capacidad de endeudamiento puede ser utilizado por una entidad financiera.

Si el acreditado bajo este esquema en algún momento queda sin relación laboral, primero se pagará con el ahorro en su subcuenta de vivienda, y posteriormente tendrá que acercarse a nosotros para amortizarlo bajo las condiciones que manejamos en estos casos, las cuales también son muy buenas.

Pareciera que los acreditados realizan un doble pago, ¿qué está haciendo el Infonavit para que no lo visualicen así?

Derivado de las modificaciones a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, del 22 de febrero de 2008, desde ese mes empezamos a efectuar retenciones a los salarios de los acreditados con Cofinavit simple, antes de esa fecha no lo hacíamos así y desde que iniciamos y hasta el día de hoy, hemos otorgado aproximadamente 70,000 créditos bajo estas condiciones. Lo más que les hemos retenido, dependiendo del monto del salario, es un 10% de éste y no hemos tenido problema alguno puesto que se trata de créditos con muy buenas condiciones.

Según la Regla Vigésima Tercera para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del Artículo 43-Bis de la Ley del Infonavit, el Instituto puede convenir con las entidades financieras que el primero solicite a los patrones efectuar el descuento a los salarios de los trabajadores acreditados, correspondiente al pago del crédito otorgado por la entidad financiera. ¿Actualmente ya operan estos convenios?

Todavía no tenemos ningún convenio con las entidades financieras; sin embargo, estamos promoviendo la cobranza social del Instituto porque es un modelo completo, es más eficiente que los modelos de cobranza tradicional, esto es: siempre que haya voluntad podremos ofrecer soluciones.

Estamos procurando que las entidades financieras que entran en el cofinanciamiento se comprometan a que nosotros hagamos todo el proceso de cobranza social, no sólo la parte de efectuar la retención, sino también que cuando se pierda la relación laboral, le podamos ofrecer a los acreditados los productos de cobranza social y no estén en el esquema de cobranza tradicional.

El mejor ejemplo de originación y cobranza social en coparticipación es el Infonavit Total, en éste Banamex nos confió tanto la originación como el servicio de cartera bajo cualquier circunstancia; si el acreditado pierde el trabajo nosotros seguimos viendo por los dos créditos, es decir si tenemos que llegar a un arreglo, lo hacemos por el préstamo otorgado por el Instituto y por el de Banamex.

Las entidades financieras que quieren continuar ofreciendo directamente sus créditos a través de sus propios canales, lo seguirán haciendo, lo que queremos lograr es esa interacción integral.

¿Quiénes pueden acceder al Cofinavit AG?

Éste es un producto diseñado especialmente para derechohabientes que perciben más de 12 salarios mínimos (más de $18,000.00). Queremos atender este sector y estimamos que esta modificación permitirá otorgar, en lugar de 10,000 créditos como teníamos programado, 30,000.

¿Cuáles son los beneficios para los derechohabientes del Infonavit que elijan Cofinavit AG?

El más importante es la garantía, teníamos que propiciar que los acreditados no tomaran riesgos innecesarios.

Nuestra cultura de crédito aún tiene muchas áreas de oportunidad, el Infonavit como entidad de financiamiento tiene que fomentar que sus acreditados tomen los riesgos adecuados.

¿Qué precauciones están tomando para evitar el fuerte impacto del desempleo?

Las herramientas que tenemos para el desempleo en Cofinavit AG es la garantía que constituye la parte remanente de la subcuenta de vivienda del acreditado.

Por otra parte también está el nuevo Fondo de Protección de Pagos, con el cual se cubren seis mensualidades en caso de que alguien pierda su empleo en un período de cinco años contado a partir de la contratación de su crédito.

Este Fondo surge a partir de algunos problemas que enfrentamos con el Seguro de Protección de Pagos, pues para su aplicación era necesario comprobar la pérdida involuntaria del empleo, situación difícil porque actualmente al término de la relación laboral, cualquiera que sea la causa, el trabajador tiene que firmar su renuncia. En estos casos, el acreditado terminaba suscribiendo ante la aseguradora, una carta en la que manifestaba bajo protesta de decir verdad que había quedado sin empleo involuntariamente.

Así, decidimos crear un fondo y dejar de tener el Seguro, esto porque afortunadamente tenemos un portafolio muy grande capaz de auto contener riesgos. Para formar el Fondo de Protección de Pagos, retenemos al trabajador un 2% de la amortización de su crédito, de tal suerte que si llega a quedarse sin empleo pueda tomar recursos de aquél para cubrir su mensualidad.

Aquí, la pérdida involuntaria del empleo se comprueba cuando el acreditado no pierde su relación laboral al día siguiente a aquél en que solicitó su crédito, para ello, dejamos pasar un período de madurez del préstamo de seis meses (período de reclamación).

Cuando se pierde el trabajo y se cumplen las condiciones de reclamación, el acreditado paga un ?coaseguro?, es decir realiza un pago mínimo para amortizar el crédito. Si pasan los cinco años y no se efectúa la reclamación, se vuelve a generar el fondo y el acreditado cuenta nuevamente con su protección.

Para disminuir el impacto del desempleo, contamos con la Garantía Infonavit, en la que ponemos por escrito que en caso de la pérdida de la relación laboral, variaciones en los ingresos familiares, muerte o incapacidad, ofrecemos a los acreditados opciones de solución.

Finalmente, ¿qué otro aspecto considera deben conocer patrones y trabajadores acerca del Cofinavit AG?

Para ampliar la cobertura del Infonavit, estamos buscando cómo atender a más derechohabientes con un producto adecuado a su capacidad de pago.