Costos de mano de obra en estimativa

Si los avisos que dan a conocer los costos tienen vigencia, el Instituto puede aplicarlos en la estimativa de cuotas de la construcción

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 .  (Foto: IDC online)

ESTIMATIVA DE CUOTAS OBRERO PATRONALES.- NO ES ILEGAL POR CALCULARSE CON BASE EN LOS AVISOS MEDIANTE LOS CUALES SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA.- De conformidad con el artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por obra o tiempo determinado, el Instituto Mexicano del Seguro Social Obligatorio para los trabajadores la Construcción por obra o tiempo determinado, el Instituto Mexicano del Seguro Social puede determinar de manera estimativa las cuotas obrero patronales a su cargo,  aplicando, entre otros elementos, los avisos mediante los cuales se dan a conocer los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que anualmente se publican en el Diario Oficial de la Federación. En tal virtud, si los citados avisos cumplen con el requisito de publicación previsto en el antepenúltimo párrafo del aludido precepto, resulta inconcuso que los mismos tienen plena vigencia y el Instituto está en posibilidad de emplearlos para determinar las obligaciones que en materia de aportaciones de seguridad social están sujetos los patrones.

Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2749/06-13-02-7.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 14 de marzo de 2007, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Raúl Guillermo García Apodaca.- Secretario: Lic. Luis Armando Murillo Mercado.

Fuente: Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, número 78, quinta época, año VII, junio de 2007, págs. 529 y 530