Negativa a la calidad de derechohabiente

Le corresponde la carga de la prueba al IMSS, aun cuando niegue que el actor sea derechohabiente por no tener antecedentes en sus archivos

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 .  (Foto: IDC online)

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. SI DICHOORGANISMO NIEGA QUE EL ACTOR SEA DERECHOHABIENTE POR NO TENER ANTECEDENTES DEÉL EN SUS ARCHIVOS, LE CORRESPONDE LA CARGA DE LA PRUEBA PARA ACREDITARSU ASEVERACIÓN, POR CONTENER ESA NEGATIVA UNA AFIRMACIÓN. El hecho de queel actor afirme ser derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social yéste al contestar la demanda lo niegue aduciendo que no tiene antecedentes deél en sus archivos, constituye una negativa que lleva implícita la afirmaciónde haber realizado una búsqueda en su base de datos donde figuran los nombresde los empleados y sus patrones, de sus registros, altas y bajas, y otrosmovimientos de los asegurados; en tal virtud, le corresponde a dicho organismola carga de la prueba para demostrar su defensa. Lo anterior conforme alcriterio sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia2a./J. 27/98, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,Novena Época, Tomo VII, mayo de 1998, página 524, de rubro: "SEGUROSOCIAL. LA CARGA DELA PRUEBA DELAS COTIZACIONES DE LOS TRABAJADORES QUE SIRVEN DE BASE SALARIAL PARADETERMINAR LA CUANTIFICACIÓN DE LAS PENSIONES QUE PREVÉ LA LEY RELATIVA,CORRESPONDE AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.", en la quedeterminó, en lo conducente: "... siendo el instituto quien pordisposición de los artículos 240 de la Ley del Seguro Social anterior y 251 de la ley en vigor, 4o.,6o., 7o., 10, 13, 14 y 15 del Reglamento de Afiliación de Patrones yTrabajadores, el que posee los comprobantes e información idónea para acreditarel tiempo de cotización por corresponderle el registro e inscripción de lostrabajadores para efectos del seguro social obligatorio, altas y bajas deéstos, así como el registro de los salarios y sus modificaciones."PRIMERTRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Amparo directo 50/2007. Salvador Briones Ortiz. cinco deoctubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente Miguel Mendoza Montes. SecretariaPiedad del Carmen Hernández Ávila.

Amparo directo 73/2007. Reyes Silva Morales. 11 deoctubre de 2007. Unanimidad de votos. Ponente Miguel Mendoza Montes. SecretariaPiedad del Carmen Hernández Ávila.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaXXVII, febrero de 2008. NovenaÉpoca, pág. 2307. Tesis. XIX.1o.23 L. Tesis Aislada.