Recientemente escuché que por reformas a la Ley del Seguro Social se permite a los patrones excluir del salario base de cotización (SBC) el 20% de los pagos hechos a los trabajadores como bono de productividad. ¿Es cierto Las reformas a la Ley del Seguro Social (LSS) referidas en su consulta entraron en vigor a partir del pasado 29 de mayo y sólo son aplicables a los patrones del campo, quienes efectivamente pueden excluir del SBC, y los conceptos señalados en el artículo 27 de la LSS, los pagos efectuados por productividad hasta por el 20% de la base salarial de cotización, siempre y cuando se trate de trabajadores por semana o jornada reducida (artículo 237-C de la LSS).
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