Accidente en trayecto ¿para prima de RT?

La Ley del Seguro Social establece que en el cálculo anual de la siniestralidad no se tomarán en cuenta los accidentes en trayecto

.
 .  (Foto: IDC online)

Recientemente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) nos notificó una resolución de rectificación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo declarada en febrero pasado, en la cual nos aumenta la prima con la que debemos cotizar argumentando que debimos considerar en el cálculo de la siniestralidad los días subsidiados de un accidente calificado como de trayecto. ¿Es correcta la rectificación efectuada por el Instituto?

El artículo 72, tercer párrafo de la Ley del Seguro Social (LSS) establece que en el cálculo anual de la siniestralidad no se tomarán en cuenta los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio a su centro de labores o viceversa. Por ello, si ustedes no consideraron en su determinación de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo un accidente calificado como de trayecto cumplieron con la norma por lo que la rectificación efectuada por el Instituto es improcedente.

Aunado a lo anterior, el numeral 33 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF) dispone que el IMSS puede rectificar la prima de un patrón sólo cuando:

  • la manifestada no esté determinada conforme a lo dispuesto en el RACERF
  • el patrón en su declaración no manifieste su prima o no presente dicha declaración, o
  • exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y éste sea procedente

Por lo anterior, ustedes podrán acudir ante los servicios de Afiliación-Vigencia de la Subdelegación correspondiente al domicilio de su registro patronal para interponer un escrito de desacuerdo, en el que manifiesten su inconformidad con la rectificación de la prima, dentro de los 15 días hábiles en que surta efectos la notificación de la resolución dada a conocer por el Instituto (art. 41 RACERF).

Al escrito de referencia el patrón o representante legal deberá adjuntar su identificación y los formatos donde conste la calificación del Instituto del accidente ocurrido a su trabajador como de trayecto, esto es el ST-1, Aviso para calificar probable riesgo de trabajo y el ST-2, Dictamen por alta por riesgo de trabajo, porque en ambos debe estar señalada dicha naturaleza. Para obtener un modelo del escrito de desacuerdo aceptado por el IMSS puede accesar a la página de Internet: www.saludempresarial.com, ingresar a la sección de Seguridad Social y en Formularios dar clic en Escrito de desacuerdo.