Aportación voluntaria ¿integra al SBC?

La LSS señala que las aportaciones adicionales a las cuotas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez no integran al SBC

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 .  (Foto: IDC online)

Por política interna en la empresa realizamos aportaciones voluntarias adicionales a la cuenta individual de nuestros colaboradores como un beneficio adicional independiente a las demás prestaciones. Como fuimos sujetos de una revisión por parte del IMSS, uno de los auditores nos comentó que estos conceptos son integrantes del salario base de cotización (SBC). ¿Es correcto el criterio sostenido?

El artículo 27, fracción III de la LSS señala que las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus trabajadores, a las cuotas del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez no integran al SBC de éstos.

Lo anterior, debido a que la naturaleza de estas aportaciones, no tienen el objeto de retribuir la prestación de los servicios sino que es una prestación otorgada por la existencia del vínculo laboral (art.5-A, fracción XVIII LSS).

En tal virtud el criterio sostenido por el auditor objeto de su consulta resulta incorrecto.