Baja de trabajador con jornada especial

Los patrones deberán presentar los avisos de baja dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de terminación de la relación laboral

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 .  (Foto: IDC online)

Representamos a una empresa de petroquímica en la cual sus trabajadores prestan sus servicios en plataformas a mar abierto, por lo que su jornada laboral es especial, esto es: trabajan 14 días y descansan otros 14, por ello al momento de desembarcar se les paga el salario por el período laborado y el de descanso. Uno de los trabajadores presentó su renuncia al bajar de la plataforma, aplicable a partir del término de su período de descanso. ¿Cuándo se debe presentar el aviso de baja ante el Seguro Social?

Como la renuncia del trabajador tiene como fecha el último día de descanso a que tiene derecho, el aviso de baja deberá presentarse dentro de los cinco días siguientes a aquél en que concluye la jornada laboral especial, esto es, al finalizar los 14 días de descanso a que tiene derecho el trabajador al bajar de la plataforma,

Lo anterior de conformidad con los artículos 15 fracción, I de la LSS y 57, primer párrafo del RACERF, los cuales señalan que los patrones deberán presentar los avisos de baja de sus trabajadores, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de terminación de la relación laboral.