Conservación de derechos por enfermedad

El comunicar la baja de los colaboradores es una obligación a cargo del patrón que debe realizarse en un término no mayor a 5 días hábiles

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente un trabajador de nuestra empresa nos presentó su renuncia por lo que comunicamos su baja ante el Seguro Social; sin embargo como éste se enfermó acudió al día siguiente de la terminación de la relación laboral a su Unidad de Medicina Familiar (UMF) con el objeto de recibir atención médica, misma que se le negó bajo el argumento de que en el sistema estaba dado de baja. ¿Es correcta la actuación del personal institucional?

El comunicar la baja de los colaboradores ante el Seguro Social después de dar por terminada una relación laboral, es una obligación a cargo del patrón que debe realizarse en un término no mayor a cinco días hábiles contado a partir del día siguiente de la fecha en que se dé dicho supuesto (arts. 15, fracción I LSS y 57 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización ?RACERF?).

En estos términos, cuando un asegurado es dado de baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social tienen derecho él y sus beneficiarios a recibir del Instituto la asistencia médica, de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, durante las ocho semanas posteriores a su desocupación, siempre y cuando cuente con un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas anteriores a su baja (art. 109, primer párrafo LSS).

Si su ex colaborador cumplía con tales requisitos, válidamente puede interponer ante el Área de Atención y Orientación al Derechohabiente de la Subdelegación correspondiente a su domicilio una queja administrativa por la omisión de la cual fue objeto al no recibir la prestación del servicio solicitado, señalando los pormenores de los hechos, tales como nombres de los funcionarios, fecha, daños causados, etc. (arts. 296 LSS y 5o Instructivo para el Trámite y Resolución de las Quejas Administrativas ante el IMSS).