Efectos de presentar SBC a la baja

No existe implicación legal alguna si el patrón regulariza su situación voluntariamente, esto es, sin mediar requerimiento de la autoridad

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 .  (Foto: IDC online)

En septiembre, comunicamos al IMSS las modificaciones salariales de nuestros colaboradores, no obstante al hacer una revisión administrativa nos percatamos de que omitimos presentar la modificación a la baja de uno de ellos y queremos corregir el error de inmediato. ¿Qué consecuencias produce esta acción para la empresa?

De su consulta se infiere, que a la fecha no ha mediado ningún requerimiento del Seguro Social para que la empresa corrija la omisión señalada, por tal motivo no tendrá ninguna implicación legal que le genere la imposición de alguna multa por no atender las obligaciones patronales en el plazo legal concedido para ello, siempre que tal situación se regularice de manera inmediata y se considere tal modificación en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) con el objeto de tener por cumplida, de manera extemporánea pero espontánea, la obligación en comento, esto con fundamento en lo dispuesto en el numeral 304-C de la LSS.

No obstante como la modificación del salario del colaborador objeto de su consulta es descendente, ésta surtirá efectos a partir de la fecha de presentación del aviso y recepción del Seguro Social, a través del programa IMSS Desde su Empresa (IDSE), independientemente de que en dicho aviso conste como día del cambio el pasado 1o de septiembre (art. 54 RACERF).