Continuación voluntaria cuándo termina

Una de las causas de terminación de la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio es cuando el asegurado inicia una relación laboral

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 .  (Foto: IDC online)

Tenemos una vacante en la oficina y la persona que cumple con los requisitos para ocuparla actualmente está cotizando en el Régimen Obligatorio del Seguro Social a través de la modalidad de continuación voluntaria. Deseamos contratarla, sin embargo el candidato nos manifestó su inquietud sobre cuál será el trámite a realizar a efecto de informar al Instituto su nueva situación. ¿Qué nos pueden comentar al respecto?

Conforme a lo dispuesto por el numeral 220, fracción III de la LSS, una de las causas de terminación de la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social es cuando el asegurado inicia una relación laboral, y en consecuencia es dado de alta de nueva cuenta en ese Régimen como trabajador según el artículo 12, fracción I de la LSS.

Por ello cuando la empresa presente el aviso de reingreso correspondiente, por medio del IMSS desde su empresa (IDSE), automáticamente el Seguro Social considerará terminada la continuación voluntaria del trabajador, sin que sea necesario que éste realice algún trámite.