Viuda se convierte en patrón

El derecho a la pensión por viudez termina cuando la beneficiaria contraiga matrimonio nuevamente, se una en concubinato o muera

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 .  (Foto: IDC online)

La viuda de un ex colaborador que falleció a causa de un accidente automovilístico, acudió con nosotros para comentarnos que próximamente se dará de alta como patrón ante el Seguro Social y desea saber si esto ocasionará que el Instituto le retire la pensión por viudez que le otorga desde hace cuatro años. ¿Qué nos pueden comentar al respecto?

De acuerdo con lo establecido en el numeral 133 de la LSS, el derecho al goce de la pensión por viudez termina cuando la beneficiaria contraiga matrimonio nuevamente, se una en concubinato o muera.

Como puede observarse, el hecho de que la beneficiaria se dé de alta como patrón ante el Seguro Social, no implica que se le suspenda la pensión por viudez que recibe periódicamente de aquél.