Descuento por crédito ¿en qué momento?

El comunicado formal del Infonavit debe ser a través de la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones

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 .  (Foto: IDC online)

Un subordinado de recién ingreso y que tiene un crédito de vivienda nos entregó una copia del Aviso de Retención de Descuentos a nombre de su patrón anterior, a efecto de que de inmediato le hagamos las retenciones respectivas y no se atrase en sus pagos. ¿Existe algún problema si accedemos a su petición?

El artículo 42 del Ripaedi prevé que el patrón debe iniciar los descuentos al salario del trabajador acreditado al día siguiente a aquél en que el Instituto le notifique el aviso de retención respectivo o incluya en la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones correspondiente los datos relativos al préstamo concedido al derechohabiente.

 Sin embargo, en el caso particular de su consulta, el comunicado formal del Infonavit debe ser a través de la Cédula de Determinación de Cuotas, Aportaciones y Amortizaciones, pues el trabajador no ejerció su crédito, durante la vigencia del vínculo laboral entablado con ustedes. De ahí que no es correcto acceder a la solicitud del trabajador.