La viuda de uno de nuestros trabajadores que falleciera la semana pasada por causas naturales, pregunta si conforme a la Ley del Seguro Social los padres del fallecido también tienen derecho a una pensión, ¿qué nos pueden comentar al respecto
Del texto de los artículos 127 y 137 de la citada ley, los beneficiarios a una pensión de los trabajadores que fallecen, son exclusivamente:
- la viuda o concubina,
- los hijos, y
- ascendientes, siempre y cuando no exista viuda, concubina o hijos.