Clausura ¿suspende pago de cuotas?

Clausura ¿suspende pago de cuotas?

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 .  (Foto: IDC online)

Recibimos una visita de inspección por parte de la SEMARNAT, derivada de la cual la autoridad determinó que la negociación no cumplía con las disposiciones mínimas para el manejo, almacenamiento, transporte y confinamiento de residuos contaminantes, por lo cual tomó la decisión de clausurarnos hasta cumplir con las disposiciones de la legislación de la materia. Durante el período en el cual la empresa se encuentre clausurada ¿debemos continuar cubriendo salarios y por ende las cuotas al IMSS

Como la clausura derivada del incumplimiento de obligaciones resulta imputable a la empresa, el acto administrativo emitido por la autoridad no constituye ninguno de los supuestos de suspensión colectiva de las relaciones laborales regulados en el artículo 427 de la Ley Federal del Trabajo, por tal motivo, tanto las obligaciones laborales como las de seguridad social deberán seguirse cumpliendo durante el período que dure la clausura.