Condonación a pagos anticipados

Condonación a pagos anticipados

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 .  (Foto: IDC online)

Porcentaje de condonación aplicable a pagos
anticipados en el programa de regularización del IMSS

En nuestra solicitud de adhesión al Programa de Condonación de Recargos y Multas por Adeudos al IMSS, nos comprometimos a pagar en diciembre de 2002. Sin embargo, debido al incremento de ventas que se ha registrado hemos decidido pagar nuestros adeudos con el Instituto el próximo mes de julio. ¿Tendremos derecho a la condonación correspondiente al mes en que pagaremos o a la ya convenida

No obstante que ninguno de los acuerdos emitidos por el Consejo Técnico del IMSS donde se dieron a conocer los lineamientos para la aplicación del Programa citado, preven el supuesto planteado, en la práctica las diversas subdelegaciones del Instituto, al formular la orden de ingreso respectiva, aplican a los patrones el porcentaje de condonación de recargos correspondiente al período en que están efectuando el pago de cuotas obrero patronales adeudadas, que en este caso es del 96%.