Declaración de prima de seguro de riesgo

Declaración de prima de seguro de riesgo

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 .  (Foto: IDC online)

Por un descuido no presentamos la Declaración Anual de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, aplicable a partir del pasado primero de marzo, no obstante de que efectuamos el cálculo respectivo. ¿Podemos presentar extemporáneamente la declaración sin que seamos objeto de una multa

Con fundamento en el artículo 304-C de la Ley del Seguro Social, es posible presentar la declaración anual de la prima del Seguro de Riesgos correspondiente a la siniestralidad del 2001, sin ser objeto de la imposición de una multa, en virtud de estar cumpliendo con esta obligación voluntariamente aún fuera del plazo legal, siempre que no haya recibido la rectificación de la prima por parte del IMSS.

Para efecto de la presentación, se tendrá que acudir al Área de Oficialía de Partes de la Subdelegación correspondiente al registro patronal, adjuntando un escrito libre donde se exprese la causa por la cual la obligación se está cumpliendo fuera de tiempo.