Honorarios consejeros de administración

Honorarios consejeros de administración

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 .  (Foto: IDC online)

Realizamos algunos pagos por concepto de honorarios a favor de dos de los miembros del consejo de administración, quienes simultaneámente a estos cargos desempeñan funciones como gerentes de ventas y de mercadotecnia dentro de la negociación. En la determinación de sus salarios base de cotización, ¿debemos considerar esos honorarios

La empresa debe tomar en cuenta para el cálculo del salario base de cotización de las personas en comento, únicamente los ingresos percibidos por la función que desempeñan como gerentes de área (salario devengado), en virtud de que dichos servicios se prestan en forma subordinada, elemento esencial para ser sujeto de aseguramiento según artículo 12, fracción I de la Ley del Seguro Social, toda vez que los honorarios derivan de la prestación de servicios a la sociedad regulados por la Ley de Sociedades Mercantiles.

Lo anterior, se confirma con el Acuerdo número 112,893 emitido por el Consejo Técnico del IMSS, el cual señala:"no son sujetos del seguro obligatorio los miembros del consejo de administración de las empresas que no desempeñen algún puesto adicional mediante retribución específica, y los administradores únicos que substituyen al consejo de administración (donde no existe éste) de acuerdo con la Ley de Sociedades Mercantiles ".