Variables de enero presentada en febrero

Variables de enero presentada en febrero

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 .  (Foto: IDC online)

Llevamos a cabo la determinación de nuestros salarios variables del mes de enero del presente año, y los presentamos al instituto el día 1o de febrero. ¿qué repercusiones podemos esperar

De conformidad con las reglas contenidas en los artículos 30 y 34 de la ley del seguro social, para la determinación y presentación de la modificación de los salarios variables base de cotización, a partir del 21 de diciembre de 2001, la presentación del aviso de modificación de estos salarios, tendrá que realizarse en este supuesto dentro de los primeros cinco días del mes de marzo, sobre el promedio de los meses de enero y febrero, resultando improcedente presentar modificaciones salariales en este último mes.

Es de esperarse que al quebrantarse las disposiciones señaladas, el instituto no considere los cambios efectuados y exija el pago acorde a los salarios presentados durante el mes de enero.