Afiliación con salario en dólares

Afiliación con salario en dólares

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 .  (Foto: IDC online)

Vamos a contratar a un trabajador cuyo salario se pactó en dólares, el cual será pagadero en moneda nacional al tipo de cambio del momento en que se realice el pago correspondiente. Para efectos de Seguro Social ¿con qué salario lo debemos inscribir y ¿cómo vamos a presentar las modificaciones salariales correspondientes

Deberán inscribirlo con el tipo de cambio vigente al día de su contratación, por que es el momento en que nace la relación laboral, y por ende la de inscribirlo ante el Seguro Social. El tipo de salario que señalará en el aviso de alta será "variable", por la fluctuación del tipo de cambio.

Respecto a las modificaciones salariales, deberán presentarse mientras subsista el vínculo laboral, dentro de los cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, en virtud de que los ingresos percibidos por el trabajador son totalmente variables, al desconocerse el tipo de cambio al momento de pago.

Lo anterior, en términos de los artículos 30, fracción II y 34, fracción II de la Ley del Seguro Social.