Pago de cuotas en empresa intervenida

Pago de cuotas en empresa intervenida

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 .  (Foto: IDC online)

El Instituto Mexicano del Seguro Social nos notificó una cédula de diferencias por concepto de cuotas obrero-patronales del mes de diciembre de 2002, la cual nos vemos imposibilitados a pagar porque recientemente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público intervino todas nuestras cuentas bancarias, ¿qué podemos hacer

De conformidad con los artículos 164 y 166 del Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal al embargar una negociación está obligada nombrar a un depositario, quien tiene el carácter de interventor con cargo a la caja o administrador, el cual ejerce todas las facultades que normalmente le competen al administrador de la sociedad, así como los plenos poderes con las facultades que requieran cláusula especial conforme a la Ley, para ejercer actos de dominio, y de administración, para pleitos y cobranza, otorgar y suscribir títulos de crédito, presentar denuncias y querellas y desistir de estas últimas, previo acuerdo de la oficina ejecutora, así como para otorgar los poderes generales o especiales que juzgue convenientes, revocar los otorgados por la sociedad intervenida y los que el mismo hubiese conferido.

Por lo anterior, esta persona es en este momento la única autorizada para efectuar los pagos de los adeudos y obligaciones de la empresa como lo son las cédulas de liquidación del IMSS. Para tal efecto, deberán hacer de su conocimiento el crédito requerido a fin de que autorice su pago con la actualización y recargos correspondientes.