Semanas para recibir atención médica

Semanas para recibir atención médica

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente una Unidad de Medicina Familiar (UMF) del IMSS, se negó a proporcionarle a uno de nuestros trabajadores la atención médica requerida, argumentándole que con su nuevo patrón aún no reunía el número de semanas cotizadas necesarias para acceder a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y Maternidad. Situación con la que estamos en desacuerdo, porque comenzamos a recibir sus servicios el día siguiente a aquél en que dejó de laborar con el patrón con quien trabajó más de 10 años, siendo afiliado al segundo día de su ingreso. ¿Qué nos pueden comentar al respecto

El artículo 91 Ley del Seguro Social, establece desde qué momento inicia la prestación del servicio médico, sin condicionarlo a un tiempo de espera (semanas cotizadas ante el IMSS).

Por lo anterior, de conformidad con los artículos 67 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización y 30 del Reglamento de Servicios Médicos, bastará que el trabajador solicite su registro y el de sus beneficiarios en la UMF más cercana a su domicilio o de su centro laboral, según lo decida, satisfaciendo los trámites requeridos. Para tener derecho a la atención médica requerida deberá acudir a la UMF de su adscripción en los días y horarios de atención establecidos.